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Tribuna:CAMBIOS EN EL SISTEMA FINANCIERO
Tribuna
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Sobre fusiones de cajas de ahorro

Al hilo de la presentación de las cuentas anuales del ejercicio de 1998 de las cajas de ahorro ha vuelto a surgir con fuerza el viejo tema del tamaño que estas entidades deben tener en el futuro.La novedad, en esta ocasión, se encuentra en la alusión al nuevo espacio financiero que el euro ha propiciado y, unido a ello, en la necesidad de crecer como el gran instrumento para ser competitivos en una tendencia general de acortamiento de márgenes y de búsqueda de mayor volumen para contrarrestar este efecto.

Las fusiones de cajas de ahorro se revelan como la mejor receta para que esta parte del sistema financiero siga manteniendo su pujanza y vigor. Se ha teorizado sobre dos posibles formas de acometer estos procesos. La primera de ellas es la de iniciar un camino que conduzca al surgimiento de una o dos cajas de ahorro por cada comunidad autónoma, sobre la base de las ya existentes. Estas fusiones "intraterritoriales" son directamente auspiciadas o gozan del visto bueno de los responsables de los gobiernos autonómicos respectivos.

La segunda forma sería la de permitir que cajas de ahorro de diferentes comunidades autónomas se pudieran fusionar. Estas fusiones "interterritoriales" no parecen gozar de predicamento entre las autoridades autonómicas, porque parece verse en ellas una forma de perder un instrumento para solucionar problemas vinculados a sus competencias.

La cuestión consiste en saber si un modelo basado en dos cajas que, además de tener una fuerte implantación en las regiones donde reside su domicilio social, están extendidas por todo el territorio nacional, más un mosaico de fusiones marcadas por la pertenencia a una misma comunidad autónoma, genera un mapa estable para el sector.

Más bien parece que, incluso produciéndose esta eventualidad, habría que echar mano de otros instrumentos de cooperación intercajas, como las alianzas, de tal suerte que el panorama arriba descrito sería necesariamente un tránsito hacia otras entidades que tendrían un ámbito superior al marcado por la comunidad autónoma de referencia.

Agréguese el que, en todo caso, la definición del nuevo modelo hay que situarla en un espacio temporal próximo. Valdría de poco que la articulación y, en su caso, habilitación legal necesaria produjera efectos dentro de dos o tres años, cuando se hubiera hecho la reordenación del sector financiero en la zona de la moneda única y las cajas sólo llegaran a tomar el postre.

Dentro de estas consideraciones generales, y a la vista del desasosiego que percibo en el sector, creo preciso reiterar que sólo un modelo de crecimiento basado en la garantía de los niveles de eficiencia precisos y el control de costes son inexcusables para que, si se da la fusión, ésta se lleve a efecto sobre bases sólidas que sean la mejor garantía de futuro.

La voluntad de los órganos de gobierno de las cajas de ahorro se forma por personas cuya procedencia está vinculada a un acto de elección que se produce en buena medida en el ámbito de las administraciones públicas (corporaciones locales, diputaciones provinciales o comunidades autónomas).

Resulta claro que los partidos que están representados en estas instituciones públicas deben tener cuestiones importantes que plantear respecto al futuro de las cajas de ahorro y, junto con la representación sindical, se podría articular un acuerdo que diera garantías de estabilidad al sector y propiciara mayores dosis de homogeneidad (no de uniformidad) en las decisiones.

Los contenidos esenciales de este pacto o acuerdo serían, a mi juicio, los siguientes:

-La reafirmación de la actual naturaleza jurídica de las cajas de ahorro.

-Si los órganos de gobierno de las cajas de una comunidad autónoma deciden fusionarse y dar lugar a una nueva caja de ahorros regional, colaborar de manera decidida con esa iniciativa.

-Si la decisión de los órganos de gobierno fuera la de realizar la fusión entre cajas de ahorro cuyo domicilio social no estuviera en la misma comunidad autónoma, propiciar la decisión, configurando por la vía de la interpretación extensiva de la legislación los siguientes extremos:

1. Apostar por una composición mixta de los órganos de gobierno de la entidad resultante en donde, con criterios de generosidad, tuvieran representación las cajas de ahorro que participan en la fusión.

2. La creación de consejos de administración de ámbito territorial con competencias pactadas.

3. El compromiso de mantener los niveles de empleo anteriores.

4. La colaboración con las autoridades autonómicas respectivas para la apuesta por el desarrollo regional y la financiación de proyectos de infraestructuras.

5. La garantía de adscribir recursos de la Obra Social, al menos en un nivel igual al anterior, en los territorios donde operan las entidades fusionadas y cuya gestión sería llevada a cabo por los respectivos consejos de ámbito territorial.

Ramón Espinar es abogado, miembro del consejo de Caja Madrid y ex consejero de Hacienda de la Comunidad de Madrid con el PSOE.

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