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El Tribunal de la Competencia multa otra vez a Telefónica con 760 millones por abuso de posición dominante

El Tribunal de Defensa de la Competencia ha impuesto al grupo Telefónica una multa de 760 millones de pesetas (4,56 millones de euros) por abuso de posición dominante, dirigida a dificultar la entrada y asentamiento en el mercado de su competidora, Airtel. La resolución del tribunal, conocida ayer, considera probado que Telefónica contrató en exclusiva y con elevadas comisiones a sus distribuidores de teléfonos móviles para cerrar el paso a Airtel, que denunció los hechos en enero de 1996.Telefónica, que considera la sentencia "injusta y carente de fundamento", recurrirá en la Audiencia Nacional. La operadora alega que ofreció la exclusividad antes de que Airtel entrara en servicio porque su competidora comenzó a dirigirse en los mismos términos a los distribuidores y que éstos empezaron a reclamarla en los contratos. El tribunal lo desestimó.

La sanción impuesta a Telefónica -610 millones- y su filial Telefónica Móviles -150 millones- es la de mayor cuantía impuesta por este tribunal a una sola empresa y se conoce un mes después de que este órgano multara a esta operadora con 580 millones por el mismo motivo. En esta ocasión el denunciante ha sido Airtel, en cuyo capital participa (17,81%) la compañía británica BT, promotora de la otra denuncia y antigua aliada de Telefónica.

La resolución del tribunal contra Telefónica señala que "el abuso de posición de dominio es una de las conductas prohibidas de mayor gravedad" y que la infracción se acentúa porque afecta a un mercado en el que "preexiste una situación de monopolio legal" y porque los hechos, que se remontan a septiembre de 1995, coinciden con la apertura a la competencia de la telefonía móvil.

El Tribunal considera probada parte de la denuncia de Airtel contra Telefónica, Telefónica Servicios Móviles (TSM) y Telyco (100% propiedad de Telefónica). En concreto, la existencia de contratos de exclusividad para los distribuidores de MoviStar, que se traducían en distintas comisiones por altas al servicio realizadas (de hasta un 29%) y por mantenimiento de las mismas (entre el 66% y el 100%) y en ventajas como apoyo económico a la apertura de nuevos establecimientos, formación a los distribuidores y publicidad. La sentencia, que cuenta con un voto particular contra la sanción y otro que la matiza, explica que el Tribunal impuso como medida cautelar la retirada de los compromisos de exclusividad y el cese de la publicidad conjunta de MoviLine (telefonía anólogica) y MoviStar (digital) a mediados de 1996.

Subida del 1003

Por otro lado, Telefónica ha propuesto a Fomento una subida del 62,5% (de 52,89 a 84,68 pesetas, IVA incluido) del precio de cada llamada al servicio de información 1003. Telefónica, que a cambio ofrecerá la posibilidad de realizar tres consultas por llamada y no una como ahora, asegura que así acercará el coste del servicio (33.000 millones de pesetas, 171,4 pesetas/llamada en 1997) a los ingresos (9.000 millones anuales) y cubrir el déficit que genera (24.830 millones, según sus datos). Dice que el 79% de los costes son laborales, lo que explicaría su intención de eliminar 3.000 empleos en ese área para pasarlos a subcontratas.

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