Un auto ordena suspender las obras del centro Nervión Plaza al año de su apertura
Una resolución dictada por la Sección Quinta de la Audiencia Provincial de Sevilla, el pasado 15 de febrero, ordena la paralización de las obras de la parte central del centro comercial Nervión Plaza, que fue inaugurado en marzo de 1998. El texto acuerda requerir a los demandados -las propietarias del centro- o, de no ser hallados, "a las personas propietarias de la obra, o en su defecto, a los que la estén llevando a cabo para que la suspendan en la forma y términos previstos en la ley". El pronunciamiento judicial estima el recurso presentado por el Sevilla F. C. contra la decisión del Juzgado de Primera Instancia número 14 de Sevilla, del 24 de febrero de 1998, que no aceptó la demanda de interdicto de obra nueva -procedimiento especial que trata de conseguir la paralización de una obra por considerar que perjudica los derechos del demandante- contra las empresas propietarias del centro comercial, FCC Inmobiliaria, Finesar Alkazar y Compañía Cordobesa Renta Inmobiliaria. En los razonamientos jurídicos, la Sección Quinta de la Audiencia de Sevilla señala que se cumplen todos los requisitos necesarios para admitir a trámite la demanda -no aprecian propósito "abusivo o fraudulento" al interponerla y el titular (Sevilla C. F.) está afectado por la obra en construcción- y revoca la decisión del Juzgado de Primera Instancia número 14. El auto ordena la suspensión de la obra "sin perjuicio de lo que se pueda acordar en el previsible supuesto de que la comisión judicial que se persone en la obra para llevar a cabo su paralización pueda comprobar la efectiva y completa terminación de la misma". La directiva del Sevilla F. C., que lamentó la demora la resolución "y por tanto carece de eficacia", anunció que estudia "las acciones" que podría ejercer ante el pronunciamiento de la Audiencia Provincial.
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