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Reportaje:

Los jueces deberán responder por escrito y antes de 30 días las quejas de los usuarios

El Poder Judicial ordena la apertura de oficinas de reclamaciones en todos los juzgados

Los jueces españoles ya no se limitarán a celebrar juicios, dictar sentencias o investigar delitos. El Consejo General del Poder Judicial acaba de redactar un reglamento en el que les obliga a responder por escrito y de forma motivada, en el plazo máximo de un mes, a las quejas que les planteen los justiciables sobre los procesos que les afecten. El reglamento, en vigor desde finales de enero, ordena que todos los juzgados y tribunales de España dispongan de hojas de reclamaciones para que los usuarios que se sientan injustamente tratados puedan exponer sus quejas.

Los ciudadanos que reciban un trato irrespetuoso en el juzgado, que vean que su causa se demora sin justificación o, simplemente, que sientan que no se les proporciona una información adecuada sobre su proceso podrán cursar su queja o reclamación al instante. "Se trata de ofrecer un servicio que ya existe en casi todos los países europeos y con el que se pretende ofrecer una mayor atención a los usuarios de la justicia", coinciden en señalar los vocales del Consejo Manuela Carmena y Ramón Sáez.El Consejo ha elaborado un formulario que en breve distribuirá por todos los juzgados y tribunales de España. Ese formulario, según el reglamento, deberá colocarse "en un lugar visible de las secretarías judiciales y a disposición de los usuarios". En las ciudades donde haya una alta concentración de juzgados se habilitará una oficina dentro de la sede judicial en la que los funcionarios se encargarán de recoger las quejas. En los partidos judiciales pequeños, la tramitación se efectuará en el juzgado decano.

El Consejo correrá con los gastos que generen los formularios e intercederá ante el Ministerio de Justicia y las comunidades autónomas con competencias judiciales para que sufraguen los gastos del personal que precisen esas oficinas.

"Para poner en marcha este proyecto apenas hace falta dinero. Casi todos los decanatos de las grandes ciudades disponen de algún local en el que instalar la oficina", afirma Manuela Carmena. La idea del Consejo es que esas oficinas, allí donde el tamaño de la sede judicial aconseje su instalación, funcionen, además, como centros de atención e información a los usuarios.

Control e inspección

El reglamento establece una serie de controles para que las quejas no queden en agua de borrajas. Por ello descarga la responsabilidad última de atenderlas y tramitarlas en los jueces decanos, presidentes de los tribunales superiores y audiencias y, finalmente, en los servicios de inspección del propio Consejo. Además, los expedientes que se formen con las quejas, una vez resueltos, serán remitidos a los servicios de inspección del Consejo para que éste supervise si la respuesta a la reclamación es o no adecuada.Un ejemplo: si un ciudadano acude a un juzgado para conocer la situación en que se halla su denuncia, o las demoras que sufre su tramitación, y ni el juez ni los funcionarios le dan una explicación, en ese mismo instante podrá exigir la hoja de reclamaciones y denunciar lo ocurrido. Si no se la facilitan en el juzgado podrá acudir directamente al juzgado decano, e incluso al Consejo, y tramitar allí su queja. En 48 horas, según el reglamento, le deben enviar a su casa un acuse de recibo, con una copia sellada de su queja, e informarle de los trámites que ésta va a seguir y quién la va a tramitar.

Si la queja se centra en una cuestión menor, el reglamento faculta a los jueces decanos y presidentes de tribunales para que "insten" a sus colegas a solventar el problema que plantee el usuario. Si, por el contrario, el usuario alude a una cuestión de la que pueda derivarse un expediente disciplinario contra el juez, el juez decano deberá elevar el asunto directamente a la inspección del Consejo para que sea éste el que intervenga.

La normativa recoge asimismo una serie de pasos con vistas a que ningún expediente se cierre en falso o pueda calar en él el corporativismo: todas las quejas que se presenten, junto a la resolución adoptada, serán elevadas al Consejo para que éste las supervise. El hecho de que un juez resuelva sobre la marcha la reclamación planteada, sin agotar los plazos, no le exime de comunicar el hecho, y la solución, al juez decano.

Los usuarios también podrán utilizar estos formularios para denunciar la actuación de sus abogados, si la entienden errática. En este caso, el juez deberá remitir la reclamación al Colegio de Abogados para que, en su caso, sea éste el que actúe. La posibilidad de interponer una queja contra un juez ya existía legalmente, pero su regulación estaba plagada de lagunas, lo que favorecía cierta impunidad. Este reglamento desarrolla uno de los apartados del Libro Blanco de la justicia.

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