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Un jurado popular resuelve un homicidio con dos penas por robo

María Fabra

"Escandaloso" y "sorprendente" fueron los calificativos más suaves que, en la madrugada del jueves, se escucharon en el Palacio de Justicia de Castellón. Minutos antes, un jurado popular había determinado la inocencia de dos acusados de asesinato y limitado sus culpas a dos delitos de robo. Sin embargo, el acta del veredicto dejaba bien claro que los miembros del tribunal no sólo consideraban como probados los hechos del robo, sino también el de la acción que produjo la muerte de Vicente Collado, un empresario cuyo cadáver fue hallado calcinado en noviembre de 1996 en Oropesa.Tras más de 50 horas de deliberación, los nueve integrantes del jurado popular señalaron como probado que uno de los acusados, Enrique P., asaltó a su víctima, Vicente Collado, al que se había acercado con "sigilo" con la intención de robarle, le sacó de su vehículo de forma "violenta", se valió de su "superioridad física", le apuñaló, lo introdujo en el maletero y, tras "pensar que lo había matado", le entró "pánico", por lo que buscó un lugar recóndito, exigió a su compañera que fuese a comprar gasolina y roció el coche con el cadáver dentro. Tal como indicaron los peritos, Vicente Collado no estaba muerto y falleció calcinado.

Pregunta no formulada

Sin embargo, entre las preguntas a las que tenía que responder el jurado, plasmadas en un total de 22 folios, no se incluía la formulación que jurídicamente se hubiera extraído de las conclusiones del tribunal sobre el crimen: el homicidio involuntario.

Sí se planteó la posibilidad de considerar la muerte en defensa propia, concepto que fue rechazado por el jurado, al igual que se hizo con el del asesinato premeditado. Así, la pregunta sobre si consideraban a los acusados culpables de matar a Vicente Collado de forma involuntaria no fue redactada y, por tanto, no fue contestada.

Por contra, el jurado respondió de forma afirmativa a la no culpabilidad por muerte voluntaria, de manera que tanto Enrique P. como Ana Belén C., la persona que le acompañaba aquella noche, quedaron absueltos del delito contra la vida.

La percepción del jurado quedó patente cuando el portavoz del mismo se disponía a concluir la lectura del acta por el delito contra la vida. Éste leyó el veredicto, fijado por unanimidad, de declarar al acusado, "culpable de matar a Vicente Collado de forma involuntaria". Sin embargo, el magistrado le hizo rectificar puesto que esta respuesta no se adecuaba a la pregunta formulada, momento en el que se declaró al acusado "no culpable de matar a Collado de forma voluntaria".

Así, las dos personas que estaban acusadas del crimen recibieron un único veredicto condenatorio, por el delito de robo, por el que se solicitaron penas de entre dos y cinco años de cárcel. Debido a que ambos se encuentran en la cárcel desde hace más de dos años, su puesta en libertad puede ser inmediata.

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