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Condenado un "ertzaina" por esposar sin causa a un detenido

El Juzgado de Instrucción número 4 de Bilbao ha condenado a un suboficial de la Ertzaintza a pagar 30.000 pesetas de multa como autor de una falta de "lesiones consumadas". El motivo, haber puesto las esposas a un detenido, "lo que le produjo tumefacción y erosiones en la cara anteroexterna de ambas muñecas, que no requirieron asistencia médica y tardaron en curar 48-72 horas, sin secuelas y sin incapacidad para sus ocupaciones habituales", según establece la sentencia. El ertzaina ha recurrido ante la Audiencia de Vizcaya por considerar que se le condena por un hecho no delictivo, como es "la práctica habitual de poner las esposas a un detenido", una acción de la que, por otra parte, el condenado no fue autor material, como reconoce el tribunal, aunque sí "el inductor", ya que fue quien ordenó la detención. Lo hechos se produjeron el 18 de abril de 1997 en Bilbao. Sobre las 18.50 un grupo de 50 personas se concentró pacificamente en la confluencia de las calles San Francisco y Juan de Garay. Con la finalidad de controlar dicha concentración se presentó en el lugar una furgoneta de la Ertzaintza con ocho agentes. El jefe de la unidad preguntó quién era el responsable de la manifestación, declarándose así Hipólito José Ramón González Gorría, a quién se indicó que no podían cortar el tráfico. Éste mostró una autorización del Tribunal Superior vasco que fue leída por agente, tras lo cual aseguró que no se especificaban el número de carriles que se autorizaba a cortar, por lo que los agentes procedieron a retirar a los manifestantes a la acera. Identidad parcial El suboficial comprobó la identidad del responsable de la concentración a través de la emisora policial, que le facilitó un nombre que tan sólo coincidía en parte con el recogido en la autorización judicial. Por ello, el agente decidió pedir al citado Hipólito José Ramón González Gorría que se identificara mediante el DNI, a lo que este se negó y pidió a su vez al ertzaina que le enseñara su placa, cosa que éste no hizo. Acto seguido, el agente "le apercibió de que de no mostrar su DNI le detendría, cosa que hizo, ya que Hipólito José persistió en su negativa, si bien las esposas se las colocó otro agente", dice la sentencia. El tribunal considera que el ertzaina, "sin causa legal que lo justificara", pidió el DNI a una persona suficientemente identificada por emisora, en cuanto a dos de sus tres nombres y apellidos, "propiciando indebidamente la causa que le permitiera ordenar su detención". Y añade que, conociendo, "por ser el procedimiento utilizado en todo caso, independientemente de la causa que lo motive", que iba a ser esposado, aceptó "la alta probabilidad de que se le causaran lesiones". A pesar de ello, la sentencia reconoce que el agente "no incurrió en conducta delictiva de detención ilegal", aunque si en "una indebida e ilegitima coacción de carácter leve", falta sobre la que no había acusación.

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