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La declaración de la víctima de delito sexual, prueba suficiente para el Supremo

Las declaraciones de la víctima son prueba de cargo suficiente en los delitos contra la libertad sexual, donde habitualmente no existen testigos directos que puedan acreditar lo sucedido, según señala el Tribunal Supremo en una sentencia que confirma la condena de diez años de cárcel impuesta a un hombre por un delito continuado de estupro contra su hijastra. La Audiencia Provincial de Las Palmas condenó a Santiago Jesús Yañez al considerar probado que abusó sexualmente de la hija, reconocida por él, de su compañera sentimental. Yañez recurrió la sentencia alegando que se había vulnerado su derecho a la presunción de inocencia. El Supremo, al rechazar el recurso, destaca que existe una prueba de cargo consistente "en las declaraciones que la ofendida realizó, tanto en fase sumarial como de plenario". Añade que esa prueba de cargo es suficiente en los delitos contra la libertad sexual en los que "lógicamente" no hay testigos de lo sucedido y destaca que, en esta causa, "las declaraciones de la víctima son reiteradas, coherentes, sin fisuras, sin ambigüedades y en las que no se aprecia contradicción alguna".

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