El tribunal zanja con tres millones de multa un desprendimiento mortal de una fachada
No fue un delito de homicidio, sino una falta de imprudencia leve. Ésta ha sido la conclusión del tribunal de la Audiencia de Barcelona que juzgó al propietario del edificio de la calle de Roger de Flor del que se desprendió la baldosa que mató a Ana Collantes, de tres años. Así, el acusado, José Barnés Piernas, ha sido condenado al pago de una multa de tres millones de pesetas y de una indemnización de 20 millones para los padres de la niña.
El fiscal y la acusación consideraron que el propietario del edificio cometió un delito de homicidio por imprudencia grave, pero según el tribunal la conducta del acusado no pasó de ser una imprudencia. En la sentencia se afirma que el acusado "podría estar en la confianza" de que la reparación que se había realizado en la fachada 10 años atrás había sido correcta y la seguridad del edificio estaba garantizada. La caída de la baldosa de siete kilos, que ocurrió el 2 de octubre de 1996, cuando la pequeña estaba con su padre, se produjo por una oxidación en el alambre que, con el mortero, fijaba la losa a la parte frontal del balcón. Añade el fallo que no consta que la baldosa hubiese sido fijada con los tornillos empleados en la reparación que se realizó en 1986. El hecho es que el mismo balcón sufrió otro desprendimiento en 1995, un año antes del accidente mortal. Y en relación con esa circunstancia, el tribunal reprocha al acusado que no hubiera encargado un informe técnico "que hubiese puesto de manifiesto seguramente la necesidad de un mejor aplacado de los balcones". El acusado dijo en el juicio que el desprendimiento de 1995 era semejante a la caída de un diente: "Si se cae uno, no tiene por qué caerse el de al lado". La teoría de los dientes fue rebatida en el juicio por los peritos, quienes apuntaron que si se produce un desprendimiento existe riesgo de filtraciones de agua y, como consecuencia, de oxidación del material que sujeta las otras baldosas, y por tanto, la probabilidad de más desprendimientos. El tribunal, sin embargo, argumenta que los técnicos que asesoraron al empresario en 1995 -contratados por el propio acusado- "consideraron que no existía riesgo de caída" de otras baldosas. Los padres de Ana Collantes rechazaron ayer la sentencia y decidieron recurrir contra ella ante el Tribunal Supremo. El letrado de la familia afirma que el tribunal ha sido "muy conservador" al condenar por falta y que, además, ha incurrido en error al evaluar la prueba.
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