La UPA recurrirá ante el tribunal de Luxemburgo la reforma del aceite
,La Unión de Pequeños Agricultores (UPA) no dio por finalizada la batalla de la Organización Común del Mercado (OCM) del aceite de oliva con la aprobación de ésta. Su secretario general, Fernando Moraleda, explicó ayer en Jaén que la agrupación está elaborando un recurso de anulación, que se elevará al Tribunal de Justicia de la Comunidad Europea, con sede en Luxemburgo, en el que se cuestiona la validez de la OCM porque entienden que esta vulnera aspectos concretos del Tratado de Roma.
Moraleda subrayó que la reforma de la OCM aceitera otorga un "tratamiento discriminatorio entre los productores de este sector en diferentes países", "no garantiza el incremento de la renta para los productores pequeños" y, por último, "no garantiza la cohesión en determinadas regiones desfavorecidas". La organización agraria entiende que los dos primeros aspectos vulneran los artículos 40 y 39.1.d, respectivamente, del Tratado de Roma y que el último atenta contra el artículo 130 del Tratado de Maastricht. Sobre estos planteamientos se sustentará el recurso que redactará UPA como asociación agraria y los que, a título individual, presentarán pequeños productores que entienden que sus intereses se han visto lesionados por la aprobación de la regulación del mercado. Según Moraleda existe una "discriminación objetiva" hacia los agricultores españoles, a los que no se les asegura "un nivel de vida equitativo", con lo que la decisión del Consejo de Ministros rompería la "legalidad" de los acuerdos comunitarios. El recurso se elaborará en las próximas semanas. La fecha tope para su presentación es el 28 de septiembre, momento en que se cumplen dos meses desde la publicación de la reforma de la OCM. La interposición del recurso no significará la paralización del proceso, salvo que el Tribunal de Luxemburgo lo estime conveniente. Normalmente, aclaró Moraleda, la aplicación de las medidas adoptadas por el Consejo de Ministros siguen adelante y es tras la decisión jurídica cuando puede anularse la reforma o bien obligar a que se introduzcan cambios.
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