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Una juez condena al Inem a pagar el paro a uno de los dirigentes de HB encarcelados

Aurora Intxausti

La titular del Juzgado de lo Social número 3 de San Sebastián, Garbiñe Biurrun, ha condenado al Inem a pagar el subsidio de desempleo a uno de los 23 miembros de la Mesa Nacional de HB encarcelados por colaborar con ETA. El fallo, dictado el 22 de junio, equipara la situación de Mikel Arregi, coordinador de la Mesa en Guipúzcoa y dirigente de KAS, con la del miembro del Consejo de Administración de una empresa que presta servicios a la misma. HB suscribió un contrato por obra con Arregui para que éste desarrollase la ponencia Oldartzen, que define la línea política de la coalición.

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El fallo ya ha sido recurrido por el Inem ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, según informó ayer la cadena SER. El director general del Inem afirmó que "cuando existen cargos políticos no hay relación laboral"; defendió que "siempre" han "mantenido una unidad de criterio" a ese respecto, y advirtió de que "la posibilidad de derecho a la prestación se hace efectiva cuando la persona esté disponible para el mercado de trabajo".Mikel Arregi, nacido en Zestoa (Guipúzcoa) hace 30 años, fue miembro de la Mesa Nacional de HB desde diciembre de 1995 hasta el relevo de la dirección de la formación abertzale el pasado diciembre al ingresar en prisión todos sus miembros, condenados a siete años por colaborar con ETA. En mayo de 1996, firmó con HB un contrato de obra como administrativo para "la aplicación política de Oldartzen en el ámbito organizativo". A Arregi le fue notificada la extinción de dicho contrato el pasado 14 de noviembre con fecha 30 del mismo mes. El juicio a la Mesa de HB concluyó el 5 de noviembre y el Supremo dictó sentencia el 1 de diciembre. La juez no hace en su auto, de seis páginas, ninguna referencia al proceso y la condena.

Arregi demandó al Inem después de que éste se negase a pagarle el paro que solicitaba por la extinción de dicho contrato. El Inem adujo que la protección por desempleo "sólo se otorga a los trabajadores por cuenta ajena", cualidad que el organismo entendía no alcanzaba a Arregi, ya que "realizaba tareas retribuidas en un partido político como consecuencia de su designación para un órgano de dirección del mismo". El Inem agregaba que la contratación de Arregi en mayo de 1996 "carecía de autonomía y sustantividad dentro de la actividad normal de la empresa".

La juez rechaza este argumento y considera que el ex dirigente de HB, uno de los ideólogos de la ponencia Oldartzen, satisface todos los requisitos que establece la ley para cobrar el paro. Para la juez "no cabe identificar el trabajo realizado en la ponencia Oldartzen con el trabajo habitual y permanente de HB". Es decir, que Arregi tiene derecho al paro por su trabajo como ideólogo y el contrato en concreto que suscribió, aunque no lo tenga por ser miembro de la dirección de una fuerza política. La juez considera que el caso "no es distinto que el de la empresa de construcción que contrató trabajadores mediante un contrato por obra o servicio determinado para la realización de una obra concreta".

Actualmente ese mismo tipo de contrato lo tiene el portavoz de HB, Arnaldo Otegi, y su trabajo es el de desarrollar Oldartzen en el área de coordinación. Su contrato de trabajo fue suscrito el 10 de marzo de 1998, un mes después de haber sido elegido responsable de la nueva dirección de Herri Batasuna.

Arregi, asegura la magistrada, había sido miembro de la dirección de HB junto a otras 24 personas más y por ello no podía tener un control pleno de dicho órgano. La juez "considera posible, y que así ocurrió, que Arregi trabajó para esa organización en régimen de dependencia y no existe prueba alguna de que el contenido de su trabajo coincidiera con su tarea de dirección política".

En la sentencia, la juez alude también a la relación laboral que existe entre los trabajadores de una ONG, que, aunque no tiene una actividad productiva, se consideran empresas a los efectos de tener un personal contratado.

El abogado de HB Kepa Landa afirma que la coalición "debe ser tratada como lo sería una ONG, o cualquier partido político que tiene contratada gente para sus sedes o actividades".

Mientras, el portavoz de Justicia del PP, Andrés Ollero, señaló que el derecho "tiene una lógica peculiar que no siempre coincide con el sentido común", pero confió en el recurso contra la sentencia. A su juicio, "cada vez queda más claro que para muchas personas su colaboración con el terrorismo no consiste en una actividad propiamente política sino en un modus vivendi".

Desde el PSOE, la diputada María Teresa Fernández de la Vega calificó de "repugnante" la sentencia, y de "francamente sorprendentes" sus argumentos jurídicos. Sin embargo, el diputado de IU Felipe Alcaraz considera que el fallo demuestra "la grandeza del Estado de derecho".

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Sobre la firma

Aurora Intxausti
Coordina la sección de Cultura de Madrid y escribe en EL PAÍS desde 1985. Cree que es difícil encontrar una ciudad más bonita que San Sebastián.

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