Bravata turca
Sólo un brote virulento de electoralismo irresponsable puede explicar -pero no disculpar- la bravata sobre el cierre del diario Egin proferida en Turquía ante un grupo de periodistas por el presidente del Gobierno; sin encomendarse a Dios, pero encendiendo una vela al diablo, Aznar lanzó a sus interlocutores una jactanciosa pregunta retórica: "¿Alguien pensaba que no nos íbamos a atrever?". Los intentos posteriores del ministro Mayor Oreja y del ministro Piqué para restar importancia a esa gravísima metedura de pata, aludiendo al carácter confidencial, relajado y festivo del comentario, no han reparado el daño producido. Para colmo, tal y como suele ocurrir con las baladronadas de los políticos, ni siquiera la fanfarrona indiscreción de Aznar era cierta: con la ayuda prestada por la Comisaría General de Información en funciones de policía judicial, fue el magistrado Baltasar Garzón quien adoptó la decisión de clausurar temporalmente Egin y de detener a su director y a sus administradores.Los dos extensos autos dictados por el instructor durante la semana pasada (para ratificar el 21 de julio la clausura del diario Egin y para ordenar el 24 de julio el ingreso en prisión incondicional de su director) reúnen y sistematizan los datos acumulados a lo largo de casi veinte años de investigaciones policiales, diligencias sumariales y hechos probados de resoluciones judiciales. El valor indiciario del material estudiado por Garzón proviene de fuentes tan fiables como los documentos requisados por la policía a dirigentes de ETA detenidos (José María Dorronsoro, Pedrito de Andoain, Kepa Pikabea y Mobutu) y los registros llevados a cabo en la empresa editora del periódico y de sus instalaciones el pasado 14 de julio. El cierre cautelar de Egin, apelable ante la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional y el Tribunal Constitucional, descansa sobre dos argumentos: por un lado, el periódico es un "simple medio" para conseguir los mismos fines que "persigue el aparato militar ETA-KAS"; por otro, "ese mecanismo no puede permanecer activo" si se desea impedir la continuidad de la actividad delictiva de los terroristas.
Los autos de 21 y 24 de julio desenmascaran con minuciosidad y rigor la historia oculta del abordaje, ocupación y control del diario Egin por ETA a través del dominio de su empresa editora y del nombramiento de su director y de otros cargos de la Redacción. La documentación intervenida en agosto de 1993 a Dorronsoro permite reconstruir el cruce de informaciones, consultas y órdenes entre la cúpula de la banda terrorista y dos responsables del entramado financiero-mediático de Egin cuyos nombres de guerra -nunca mejor dicho- son Garokoitz y Hontza. Las declaraciones sumariales de algunos miembros de ETA detenidos durante los últimos años (pertenecientes a los comandos Araba, Katamotz, Belltza/Goiherri y Ria) testimonian la sistemática utilización de Egin -a través de sus secciones Agurrak y Merkatu- como vehículo de comunicación entre los dirigentes y los activistas clandestinos.
Las extrañas circunstancias de la reunión en Bidart de Salutregi (actual director de Egin) con Txelis (por entonces máximo responsable político de ETA) del 21 al 23 de febrero de 1992 confirman las fundadas sospechas sobre la subordinada relación jerárquica de la Redacción del diario respecto a la organización terrorista. Las vías de financiación del periódico, el levantamiento del velo de su entramado empresarial, el aprovechamiento por ETA de los trabajos del equipo de investigación de Egin para chantajear a industriales y profesionales, los carteles impresos en sus talleres por cuenta de Jarrai, las alertas sobre redadas policiales dadas desde sus páginas y las campañas de linchamiento contra futuras víctimas de la banda terrorista completan los argumentos de Garzón para fundamentar su decision. Queda por saber, pese a la existencia de ese abrumador material indiciario, si el cierre cautelar de Egin afecta o no al contenido esencial inviolable del derecho fundamental a la libertad de expresión que el artículo 20 de la Constitución garantiza en último extremo: el Estado de derecho asigna a los tribunales la responsabilidad exclusiva de ponderar y de resolver -como en este caso- esos delicados conflictos entre derechos fundamentales.
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