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Editorial:
Editorial
Es responsabilidad del director, y expresa la opinión del diario sobre asuntos de actualidad nacional o internacional

El cierre de "Egin"

EL JUEZ de la Audiencia Nacional Baltasar Garzón ordenó ayer la clausura cautelar del diario Egin y de la emisora de radio del mismo nombre en el curso de las investigaciones que desarrolla contra el entramado financiero de ETA. Se trata de una decisión de extraordinaria gravedad, que no tiene precedentes desde la reinstauración de la democracia en nuestro país. El juez ha aplicado en este caso el artículo 129 del Código Penal, que delimita las medidas aplicables para hacer frente a las responsabilidades civiles derivadas de la comisión de un delito.La estrecha conexión que existe entre la democracia y el ejercicio pleno de las libertades de información y expresión exige ser extremadamente vigilantes ante cualquier actuación de los poderes del Estado que pueda interponerse arbitrariamente. De ahí que en múltiples ocasiones nos hayamos pronunciado en contra de los planes, más o menos declarados, de distintos Gobiernos de actuar contra el diario Egin, de cuya línea editorial y praxis periodística estamos, por otra parte, tan alejados. A menos que pudiera acreditarse una acusación criminal. Puesto que nadie, tampoco los periódicos ni los periodistas, puede invocar la impunidad bajo la bandera de la libertad de expresión.

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El juez Garzón cierra el diario "Egin" y su emisora por conexión criminal con ETA
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El periódico radicado en Hernani ha sido desde su creación, hace ya 21 años, el referente informativo y el órgano que conforma la opinión del magma social que se mueve alrededor de ETA-HB. En múltiples ocasiones ha rozado, cuando no vulnerado, en sus páginas preceptos del Código Penal, y algunos miembros de la empresa editora han sido condenados por colaboración con banda armada. Sin embargo, es cierto también que su publicación ininterrumpida ha supuesto la más gráfica y contundente refutación a quienes han buscado justificaciones a la violencia de ETA en el supuesto de que la opción de la independencia no podía expresarse.

Por lo que se conoce de la actuación judicial, declarada secreta, ni el periódico ni la radio se han cerrado por defender la autodeterminación del pueblo vasco, sino porque son indiciariamente dos órganos de ETA-KAS, que fijaba su estrategia económico-financiera y que utilizaba alguna sección del periódico (agurrak) para transmitir mensajes cifrados a sus comandos. Naturalmente todo esto debe ser probado de forma fehaciente para poder dar amparo legal a una decisión que en otro caso podría interpretarse como una limitación injustificable del ejercicio de la libertad de expresión. No estamos, pues, ante un supuesto delito de opinión o de imprenta, sino ante un presunto caso de pertenencia a banda armada.

Cabe esperar que unas medidas cautelares de esta gravedad, que tienen que ver con el ejercicio de un derecho fundamental especialmente protegido por el artículo 20 de la Constitución, resulten proporcionadas al presunto ilícito que se investiga. A quienes antes de conocer los motivos de la decisión de Garzón ya la han desautorizado como una operación política para amordazar una voz incómoda, hay que recordarles que nadie está excluido del cumplimiento de la ley y que la exigencia de ésta no puede supeditarse a consideraciones tácticas o de conveniencia. Durante demasiado tiempo, el desistimiento en la aplicación de la ley para no provocar la respuesta de los violentos ha instaurado en el País Vasco una atmósfera de impunidad en la que éstos han campado a sus anchas. De ahí que la mera exigencia a ese sector de la sociedad vasca de que cumpla las normas que obligan al resto de los ciudadanos les parezca a algunos casi revolucionario, cuando no inconveniente.

Si se reclama, como es de común, la presunción de inocencia para los 11 detenidos ayer, habrá que otorgar al menos presunción de responsabilidad al juez que adoptó la decisión de cerrar el diario y la radio de forma cautelar. El hecho de que su actuación esté únicamente sujeta al principio de legalidad y sometida al control jurisdiccional de otros órganos jurisdiccionales constituye una garantía adicional para los implicados. También para quienes consideramos la libertad de información y publicación un principio esencial de la democracia, aunque discrepemos del uso que de ese derecho hace habitualmente Egin. Pero la gravedad del caso exige conocer cuanto antes y en profundidad el peso de las pruebas.

El secreto del sumario debe levantarse cuanto antes. Bien está que se proteja la investigación judicial, pero no a costa de que pueda anidar alguna sospecha en un lugar como el País Vasco, donde ya ETA, con el asesinato de concejales del PP, crea suficientes dudas sobre si se dan o no las condiciones mínimas para ejercer a plenitud la democracia.

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