El 'desmesurado sentido común' de una juez
Teresa Palacios busca, además de las pruebas del delito, la vía para resarcir el dinero evaporado en las operaciones.
Hay pocos jueces importantes que además de jurar que sólo hablan a través de sus autos suelan hacerlo de verdad. Una cordobesa, la juez Teresa Palacios, es uno de ellos o ellas. La titular del Juzgado Central de Instrucción número 3 de la Audiencia Nacional suele construir autos y providencias que, en ciertas ocasiones, son tan elocuentes como un gancho directo a la crisma.Precisamente, acaba de expresar a través de uno de sus autos esas verdades como puños que pocas veces se han dicho en voz alta en el caso Banesto.
La juez empezó por embargar los bienes de la casa de Arturo Romaní en Madrid. Envió a su domicilio una comisión judicial. Romaní recurrió la medida. Según explicó, tenía régimen de separación "absoluta" de bienes con su esposa desde mayo de 1994. La juez siguió adelante. Al menos, dijo, un 50% de los bienes de la casa eran de Romaní.
La segunda movida importante de la juez Palacios tuvo lugar hace pocos días. El fiscal Luis López Sanz, preocupado por la virtual situación de insolvencia de Conde, solicitó a la juez el embargo de las acciones de aquellas sociedades que poseen los títulos de propiedad de las empresas que finalmente ostentan la propiedad de las fincas La Salceda, en Ciudad Real, y Los Carrizos de Castilblanco, en Sevilla. Se trata de las acciones de Asebur Inversiones, propiedad de la instrumental suiza Kaneko Holding; de Ge.So.Co. Geophysics Ultrasonic (Holanda), y las acciones de Industria Cumaria en manos de las sociedades Asuma (Holanda) y Mobiliaria de Castilla, propiedad de Lourdes Arroyo, esposa de Conde.
La juez dictó un auto el 1 de junio pasado en el que ordenaba el embargo, esto es, levantar el velo societario. Esto es, saber quién está realmente detrás de las sociedades.
La defensa de Conde recurrió el auto. Según el letrado Juan Sánchez-Calero, la juez utilizaba en el auto de embargo "conceptos anómalos o extravagantes" por hablar de "propiedad formal". Seguía: "Lo que parece responder al criterio de levantamiento del velo se lleva a cabo con una desmesurada simplicidad".
La juez confirmó su decisión el pasado 3 de julio. El "desmesurado sentido común" de la juez brotó no de sus labios, sino de un auto. "Si de desmesurada simpleza se tacha el auto combatido, más simple es la situación descrita, toda vez que ante la divergencia entre una apariencia de bienestar económico más que saludable y la que, sin embargo, aparece documentada en el juzgado, consistente en diversos saldos bancarios que con un importe aproximado de 2.461.329 pesetas, acciones valoradas en 6.620.383 pesetas y una motocicleta marca Honda, modelo NX650, así como el reembargo de diversos cuadros y acciones que constan embargados en el procedimiento 165/93 [caso Argentia Trust], cantidad que en absoluto se aproxima a los 10.127 millones que se reclama como responsabilidad civil que se le ha atribuido al acusado y que viene obligado a afirmar si no motu proprio, habrá que suplir su pasividad, todo ello reconducible a la doctrina del levantamiento del velo".
La vida no es tan dura como parece. Romaní pidió el 29 de junio pasado a la Sala de lo Penal, Sección Primera, permiso para viajar a Estados Unidos entre el 4 y el 11 de julio "por razones profesionales", y a México y Cuba entre el 23 y el 31 de julio "por razones personales". La sala se lo autorizó el mismo día.
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