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IGUALDAD EN EL TRABAJO La realidad de las mujeres ante el empleo

El acceso de las mujeres a la educación y la posibilidad de decidir y ejercer sus derechos reproductivos han constituido elementos determinantes para alcanzar la llamada liberación de las mujeres. De igual forma no puede olvidarse otro aspecto que determina la posibilidad de igualdad real en nuestras sociedades: el acceso a una actividad laboral que posibilita la independencia económica y la autonomía. Se calcula que más de medio millón de mujeres frente a 50.000 hombres se han incorporado al trabajo remunerado en la última década en Andalucía. Todo esto ha sido posible gracias, entre otros factores, al aumento significativo de la formación de las mujeres en todos los niveles. En los últimos años el porcentaje de universitarias ha aumentado en un 80%. Estos datos positivos podrían hacer suponer que se está consiguiendo la igualdad en el mercado laboral. Sin embargo, todos los análisis confirman la persistencia de discriminaciones profundas que afectan directamente a las mujeres. Es cierto que se está produciendo la incorporación laboral femenina, pero se está produciendo, sin duda, en condiciones de desigualdad. Existen varios factores que condicionan negativamente la presencia femenina en el mundo laboral. El primero de ellos es la sobrecarga del trabajo, con dobles y hasta triples jornadas. En este sentido, resulta evidente que las mujeres nos estamos incorporando al trabajo asalariado sin que nos hayamos liberado de ninguna de las responsabilidades familiares. En un informe de Naciones Unidas sobre la situación de las mujeres se establece que éstas trabajan más horas por semana que los hombres. En el caso de España, la relación es de 64 horas para las mujeres y 41 para los hombres. Otro dato interesante es que la participación de los hombres al trabajo doméstico aumenta al ritmo de un minuto semanal por año. Pese a esta realidad el debate sobre el empleo se está produciendo sobre un fundamento teórico bastante cuestionable: el de que el trabajo asalariado es la única actividad considerada como trabajo. Nuevamente estamos ante una alternativa que no tiene en cuenta la realidad de las mujeres, ya que ignora buena parte de los trabajos que se realizan en nuestra sociedad. Por ello, uno de los retos fundamentales para avanzar hacia la igualdad laboral es incorporar dentro del debate sobre el empleo no sólo el reparto del trabajo y la reducción de la jornada laboral, sino también el reparto del trabajo doméstico. Otro factor importante que está condicionando negativamente la incorporación de las mujeres al trabajo asalariado es la maternidad, sobre todo a la hora de la contratación y la permanencia en el empleo. La situación de embarazo y la maternidad siguen siendo una de las causas más importantes de discriminación laboral. Esta realidad requiere de políticas más comprometidas con la protección del derecho a la maternidad. Por un lado, habrá que tomar medidas más eficaces para proteger a las trabajadoras de estos despidos improcedentes, en cumplimiento de la directiva comunitaria, apostando de verdad por lo que dentro del Plan Nacional de Empleo (PNE) se establece falsamente como el coste cero, es decir, eximiendo a los empresarios del coste de Seguridad Social de las trabajadoras en baja por maternidad. Y por otro, las sustituciones bonificadas de estas bajas por maternidad deberán ser cubiertas por mujeres, y no por hombres, como señala el mencionado plan. Otro factor condicionante es la segregación laboral que provoca importantes discriminaciones salariales. Los datos demuestran que las mujeres perciben hasta un 30% menos de salario que los hombres, circunstancia que no sólo no se está corrigiendo, sino que se está perpetuando. De hecho, en el último acuerdo (de cobertura de vacío) entre gobierno, sindicatos y empresarios, donde se establece la valoración de los puestos de trabajo: los trabajos ocupados mayoritariamente por mujeres han sido sistemáticamente infravalorados frente a los puestos de trabajo ocupados mayoritariamente por hombres. De tal forma que se está incumpliendo tanto la directiva comunitaria como el Estatuto de los Trabajadores, que establece el principio "de igual salario por trabajo de igual valor". Es preocupante, por tanto, que no se tomen medidas para corregir estas discriminaciones. De hecho, sorprende el desconocimiento del que hace gala el PNE, que establece como única medida, en este sentido, la modificación del artículo 21 del Estatuto de los Trabajadores para introducir ese principio (igual salario para trabajo de igual valor), ignorando, lo cual es grave, que ese artículo fue modificado en 1994. Para corregir estas situaciones se requieren medidas claras de apoyo al empleo femenino, con la participación ineludible de las propias mujeres, y con una inversión importante. La financiación de las medidas actuales recogidas en el PNE sólo representa el 0,2% del total de la inversión; con esta proporción difícilmente se va a resolver esta realidad. Como dice Victoria Camps, "la crisis del mercado laboral puede ser un impedimento insalvable para la ocupación de las mujeres si éstas no toman de algún modo las riendas del asunto y salen al encuentro de la crisis por donde más pueda favorecerlas".

Carmen Olmedo Checa es directora del Instituto Andaluz de la Mujer.

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