El "caso Liaño" (3)
EN REPETIDAS ocasiones hemos sostenido que el llamado caso Sogecable era una confabulación que escondía el caso Liaño. Dos decisiones judiciales adoptadas ayer por separado lo han confirmado. El Tribunal Supremo notificó al juez Gómez de Liaño su procesamiento por tres presuntos delitos de prevaricación casi al mismo tiempo que la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional archivaba definitivamente la querella presentada contra el consejo de Sogecable. Entre ambas resoluciones hay un nexo lógico que da a la coincidencia temporal categoría de símbolo. Sólo una instrucción irregular, perversa, mil veces publicitada por los palmeros del poder político y los amigos y familiares del juez, y sospechosa de prevaricación, explica este desenlace.La secretaría técnica de la Fiscalía del Estado elaboró poco después de iniciarse las diligencias judiciales un dictamen -conocido por el Gobierno- en el que descartaba cualquier vestigio de ilícito penal en Sogecable. Los peritos de Hacienda llegaron a la misma conclusión en un informe realizado a petición del juez. La Sala de lo Penal archivó hace meses las acusaciones por estafa y apropiación indebida, los dos delitos mayores imputados por Liaño. Todo ello después de haber corregido en siete ocasiones otras tantas decisiones del juez. Pero ni el instructor ni el fiscal Gordillo parecían hacer caso alguno de estos hechos.
Por eso resulta insólito, y contrario a la ley, que la Fiscalía niegue ahora la entrega al Supremo de los documentos que avalan la inocencia de los directivos de Sogecable y otros que ha solicitado el magistrado Martín Canivell en el sumario abierto contra Liaño. Quizá sean documentos internos de la Fiscalía, pero no están sometidos a ningún secreto oficial que ampare a este ministerio público. Especialmente cuando parece (como indica el voto particular del magistrado de la Audiencia Nacional Ricardo de Prada) como si el representante del ministerio fiscal, tras el archivo de las acusaciones principales, hubiera buscado «a toda costa una especie de segunda oportunidad a sus pretensiones acusatorias, con manifiesta infracción de las más elementales normas de funcionamiento del proceso».
Archivada definitivamente la acusación contra Sogecable, el instructor -recusado en su día con éxito por uno de los querellados- es ahora el acusado por tres presuntos delitos de prevaricación. Esto es, por haber establecido, de forma injusta y a sabiendas, el secreto del sumario tras un auto contrario de la Sala; por limitar de forma arbitraria los movimientos de varios directivos de Sogecable procesados, y por haber fijado una fianza de 200 millones a su presidente, Jesús de Polanco. Que la sala superior de la Audiencia revocara una a una todas las decisiones del juez en una instrucción que ha constituido un despropósito no desalentó a Liaño. Por eso es a él a quien toca responder ahora. Sin que quepa olvidar que el montaje contra Sogecable quiso apoyarse en un informe técnico que, según su autor, fue encargado desde una secretaría de Estado. Cuantas preguntas se han hecho al respecto, dentro y fuera del Parlamento, permanecen sin respuesta. Es preciso saber si se han utilizado fondos públicos, y quién lo hizo, en la preparación de esta trama denigratoria.
Es hora también de recordar el abuso que TVE hizo de las imágenes de los principales encausados entrando en la Audiencia. En contraste, por cierto, con el laconismo de sus informativos de ayer, en los que el procesamiento por el Supremo de un juez de la Audiencia Nacional fue despachado como una noticia menor. De acuerdo con la ley, y para tranquilidad de los ciudadanos, el procesamiento de Liaño debe traducirse, en cuanto adquiera carácter de firmeza, en una suspensión de sus funciones como juez hasta que se dicte sentencia.
El desenlace del caso Sogecable , con el archivo de la querella y el procesamiento de Liaño, pone de relieve la vigencia del Estado de derecho, pese a los defectos y a las carencias de la Administración de justicia. El sistema de recursos permite que un tribunal colegiado, formado por varios magistrados, rectifique las decisiones injustas adoptadas por el titular de un órgano unipersonal, sean cuales sean los motivos que hayan podido animar al juez en cuestión. El desaliento que puede asaltar a los ciudadanos a quienes les haya correspondido en desgracia un juez incompetente o prevaricador tiene en sí mismo plena fundamentación, pero no debe dar lugar a una desconfianza generalizada en el Poder Judicial: un complejo sistema de aplicación de normas, con varias instancias que culminan en el Tribunal Supremo y con la protección añadida del Tribunal Constitucional cuando están en juego los derechos fundamentales.
La justicia resuelve así satisfactoriamente -ateniéndose a los procedimientos y a las técnicas legales- los graves problemas creados por el intento de utilización de los tribunales por parte de una camarilla que buscaba criminalizar a un grupo de comunicación independiente y crítico, a fin de conseguir objetivos políticos y consumar venganzas personales. El procesamiento de un juez de la Audiencia Nacional pone de relieve que el Supremo aplica a rajatabla el principio de igualdad ante la ley, sean quienes sean los delincuentes. El archivo del caso Sogecable es una buena noticia en primer lugar para quienes fueron injustamente procesados; lo es también para este periódico, que fue objetivo central de las campañas de descrédito emprendidas por el grupo acusador. Pero, por encima de todo, es una buena noticia para los ciudadanos que creen en el Estado de derecho y en la independencia judicial.
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