El Tribunal Superior anula la libre designación de 40 "ertzainas"
El Tribunal Superior de Justicia del País Vasco ha anulado el nombramiento de 40 ertzainas para ocupar puestos por libre designación. El fallo estima que los nombramientos del Departamento de Interior son contrarios a la Ley de Policía Vasca, que prevé que los agentes deben ser destinados a través de concurso de méritos. De acuerdo con la normativa que rige el funcionamiento interno de la Ertzaintza, el sitema de provisión de puestos mediante libre designación tiene carácter excepcional y se aplica a casos concretos por la naturaleza de sus funciones, como es la relación de confianza en los mandos. Esta no es la primera ocasión en que los tribunales rechazan el sistema de libre designación aplicado por Interior, ya que existe un precedente judicial en el mismo sentido. La decisión de la sección segunda de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco afecta a un total de 40 puestos de trabajo que corresponden a agentes, agentes de primera y ertzainas adscritos al servicio de prensa. La convocatoria de la consejería de Interior, ahora desestimada, tiene fecha de 7 junio de 1994. En ella se destinaban 21 puestos a Vizcaya, de los que ocho son para trabajar en el gabinete de prensa; le sigue Guipúzcoa con 11 puestos, siendo cuatro los ertzainas destinados a prensa y, finalmente, Álava, donde Interior destinó a ocho agentes, tres de ellos para la oficina de prensa. "Abuso de poder" La resolución judicial tiene su origen en un recurso presentado por UGT-Ertzaintza en el que se impugnaba el sistema de provisión de libre designación por entender que se incurría en la "ilegalidad y abuso de poder reiterado", según han informado responsables de este sindicato. De acuerdo con los dirigentes de UGT-Ertzaintza, el Departamento de Interior volvió a sacar la misma relación de puestos en la última convocatoria, el 31 de diciembre pasado. La Sala considera en su resolución que el fondo del problema que se plantea respecto al sistema de libre designación es si resulta contrario a la Ley de la Policía Vasca y concluye que en los 40 casos citados "resulta contrario a la Ley". Recuerda que en esa normativa se establece que "excepcionalmente se proveerán aquellos puestos que se determinen en las relaciones de puesto de trabajo en atención a su carácter directo o de especial responsabilidad", jefes y subjefes de comisaría. En el fallo se concluye que en este caso la parte demanda, el Departamento de Interior del Gobierno Vasco, "no ha dado razón alguna para establecer como sistema de provisión el de libre designación respecto de las plazas litigiosas sin que se haya acreditado que tengan carácter directivo o de especial responsabilidad", según se recoge en la sentencia.
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