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Veto municipal al tráfico pesado entre el mediodía y las nueve de la noche

Antonio Jiménez Barca

Los vehículos que midan más de dos metros de ancho y seis de largo no podrán circular ni efectuar labores de carga y descarga en el centro de Madrid entre las doce de la mañana y las nueve de la noche. Así se establece en el borrador de la Ordenanza de Circulación que ayer recibió la oposición. Hasta ahora, este asunto está regulado en un bando que los tribunales han declarado ilegal. El bando era más restrictivo, pues ampliaba la zona prohibida y afectaba a camiones más cortos al aplicar el veto a los que midieran más de 5,5 metros.

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La elaboración de la Ordenanza de Circulación, la norma que regulará los derechos y deberes de los automovilistas y peatones de la ciudad, entró ayer en su recta final. El equipo de gobierno remitió el documento casi definitivo a la oposición, después de añadir algunas de las sugerencias de IU y del PSOE. El texto, que se aprobará antes de que finalice julio, ordena, entre otras cosas, la carga y descarga, que hasta ahora estaba regulada por un bando firmado en mayo de 1994 y declarado ilegal tres años después por los tribunales. Las principales novedades son éstas:Carga y descarga. La nueva ordenanza prohíbe la circulación en días laborables a camiones o furgonetas de más de dos metros de ancho y seis de largo en una zona determinada de la ciudad (véase gráfico). Hasta ahora, el bando, que no se cumplía, impedía el tráfico a camiones de dos metros de ancho y cinco y medio de largo. El medio metro de más que otorga el Ayuntamiento no es baladí: la mayoría de los camiones que transportan escombros miden más de cinco metros y medio de largo pero no más de seis. Es una forma de dejarles operar por el día. Otra novedad es el territorio vedado para este tipo de camiones. En el bando del alcalde, esta zona incluía la calle de Bravo Murillo y la plaza de Castilla. Ahora, en la nueva ordenanza, estas vías han quedado excluidas de la prohibición. Los viernes, siempre y cuando no haya habido una fiesta en la semana, el horario es más restrictivo: será de diez de la mañana a doce de la noche.

Contenedores. En el bando que redactó el alcalde en 1994, quedaba prohibido recoger contenedores de escombros desde las nueve de la mañana a las nueve de la noche. Esta norma fue incumplida sistemáticamente. A finales del año pasado, cuando el equipo de gobierno hizo público el primer borrador de la nueva ordenanza, seguía prohibiendo el trabajo de los transportistas de escombros por el día. Éstos protestaron y amenazaron "con llenar de escombros la cabalgata de Reyes". El municipio retiró del proyecto la norma restrictiva y prometió "dialogar". Al final, el Ayuntamiento ha cedido. Se podrán recoger escombros por el día a partir de las diez de la mañana, pero con ciertas condiciones. En primer lugar, la instalación de un contenedor "requerirá la notificación previa del Ayuntamiento con indicación del lugar y tiempo de duración". Se tendrá en cuenta, por parte del municipio, las circunstancias de la circulación y las condiciones medioambientales de la zona. Asimismo, la empresa constructora que coloque el contenedor deberá certificar que no lo puede poner en la parte interior de la obra; en caso negativo, deberá pagar la tasa o precio público que corresponda por tener el contenedor en la vía pública. A la hora de cargar o descargar un contenedor, y cuando esta labor corte el tráfico, la ordenanza estipula que el transportista deberá poner en la calzada una señal que indique que la operación no va a prolongarse "más de 10 minutos". Cuando el contenedor esté colocado en una calle de la "red básica de transportes" se requerirá, además, un permiso especial del Ayuntamiento en el que se indique el horario específico para la operación.

Velocidad. La velocidad permitida en el casco urbano, salvo excepciones, será de 50 kilómetros por hora. Pero el Ayuntamiento se guarda un as en la manga, a iniciativa de IU. El concejal de este grupo Justo Calcerrada indicó ayer: "Es conveniente que, en determinadas áreas del centro de la ciudad, la velocidad sea menor, porque se trata de zonas en las que el peatón y el coche coexisten". IU presentó al equipo de gobierno un mapa con las zonas en las que, a su juicio, debería articularse esta medida de inmediato. El texto de la ordenanza, sin embargo, se limita a consignar que "el Ayuntamiento podrá establecer áreas de coexistencia en las que los límites de velocidad podrán ser rebajados previa señalización correspondiente".

Zona ORA. Una de las novedades de esta ordenanza consiste en que la grúa podrá retirar coches de la zona ORA. En la nueva ordenanza se explica que en el territorio ORA un automovilista no podrá dejar su coche más de dos horas. Transcurridas estas dos horas, el usuario deberá aparcar el vehículo en otro lugar alejado al menos 250 metros del primero. La grúa podrá retirar el vehículo cuando el conductor no muestre el pago del estacionamiento o se haya excedido en el doble del tiempo abonado. Esta norma no afectará a los residentes que hayan pagado su distintivo, que podrá ser trimestral o anual; se dará un distintivo por cada vehículo y un distintivo adicional por cada miembro de la familia que tenga carné de conducir. Novedad: esto se hará extensible a las parejas de hecho, siempre y cuando esta condición se justifique tras presentar la acreditación de figurar en el registro de parejas de hecho de la Comunidad.

Mercancías peligrosas. Los camiones que transporten mercancías peligrosas (gas, gasolina, residuos clínicos) no podrán internarse en el municipio. La frontera para este tipo de vehículos será la M-40.

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Sobre la firma

Antonio Jiménez Barca
Es reportero de EL PAÍS y escritor. Fue corresponsal en París, Lisboa y São Paulo. También subdirector de Fin de semana. Ha escrito dos novelas, 'Deudas pendientes' (Premio Novela Negra de Gijón), y 'La botella del náufrago', y un libro de no ficción ('Así fue la dictadura'), firmado junto a su compañero y amigo Pablo Ordaz.

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