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Un juez obliga al SAS a dar la excedencia a una trabajadora eventual

Las trabajadoras eventuales del Servicio Andaluz de Salud (SAS) no tendrán plaza en propiedad, pero sí tienen derecho, al igual que las fijas, a disfrutar de la excedencia contemplada en la legislación para cuidar de sus hijos. Así se desprende de la sentencia dictada por un juzgado malagueño en la que se obliga al SAS a conceder ese permiso a una enfermera del hospital Clínico a la que se le había denegado con el argumento de que era eventual. C. M. P. dio a luz a su hijo el 4 de julio del año pasado. Cuando tenía prácticamente agotada la baja maternal, solicitó la excedencia. El SAS esgrimió un razonamiento jurídico para desestimar su petición: esa excedencia estaba reservada para el personal con nombramiento en propiedad. El juzgado de lo social número 5, lejos de respaldar las tesis de la administración, sostiene que "no hay una causa objetiva" para no conceder la excedencia y advierte que, de no atenderse a las pretensiones de la demandante, "se produciría una discriminación" prohibida por la Constitución.

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