Un juez obliga al SAS a dar la excedencia a una trabajadora eventual
Las trabajadoras eventuales del Servicio Andaluz de Salud (SAS) no tendrán plaza en propiedad, pero sí tienen derecho, al igual que las fijas, a disfrutar de la excedencia contemplada en la legislación para cuidar de sus hijos. Así se desprende de la sentencia dictada por un juzgado malagueño en la que se obliga al SAS a conceder ese permiso a una enfermera del hospital Clínico a la que se le había denegado con el argumento de que era eventual. C. M. P. dio a luz a su hijo el 4 de julio del año pasado. Cuando tenía prácticamente agotada la baja maternal, solicitó la excedencia. El SAS esgrimió un razonamiento jurídico para desestimar su petición: esa excedencia estaba reservada para el personal con nombramiento en propiedad. El juzgado de lo social número 5, lejos de respaldar las tesis de la administración, sostiene que "no hay una causa objetiva" para no conceder la excedencia y advierte que, de no atenderse a las pretensiones de la demandante, "se produciría una discriminación" prohibida por la Constitución.
Tu suscripción se está usando en otro dispositivo
¿Quieres añadir otro usuario a tu suscripción?
Si continúas leyendo en este dispositivo, no se podrá leer en el otro.
FlechaTu suscripción se está usando en otro dispositivo y solo puedes acceder a EL PAÍS desde un dispositivo a la vez.
Si quieres compartir tu cuenta, cambia tu suscripción a la modalidad Premium, así podrás añadir otro usuario. Cada uno accederá con su propia cuenta de email, lo que os permitirá personalizar vuestra experiencia en EL PAÍS.
En el caso de no saber quién está usando tu cuenta, te recomendamos cambiar tu contraseña aquí.
Si decides continuar compartiendo tu cuenta, este mensaje se mostrará en tu dispositivo y en el de la otra persona que está usando tu cuenta de forma indefinida, afectando a tu experiencia de lectura. Puedes consultar aquí los términos y condiciones de la suscripción digital.