Por decreto o por ley
EL MINISTERIO de Defensa tiene ya ultimado el proyecto de Ley del Personal de las Fuerzas Armadas. Es el instrumento legal necesario para dotar de marco jurídico la profesionalización del Ejército español y en las próximas semanas será aprobado por los plenos de las dos cámaras. El contenido es ambicioso, ya que aborda cuestiones tan complejas y dispares como el tránsito del reclutamiento forzoso al voluntario, las plantillas de las futuras Fuerzas Armadas profesionales, la carrera militar o la movilización de reservistas. El cambio legal se produce cuando algunos tribunales están absolviendo a los insumisos con el razonable argumento de la pronta desaparición del servicio obligatorio. Algunos aspectos del proyecto son muy positivos. Por ejemplo, que se eliminen los últimos obstáculos para la igualdad entre hombres y mujeres, permitiendo que éstas accedan a cualquier destino, incluidas las unidades de combate de infantería, si superan las mismas pruebas que sus compañeros varones. También supone un avance la apertura de sistemas para que los soldados puedan expresar sus quejas y reclamaciones a través de consejos asesores de los jefes de personal de los ejércitos. No está claro que esta figura sea suficiente para paliar la prohibición de formar asociaciones de militares como las que existen en muchos ejércitos europeos.
Hay dos aspectos del proyecto sobre los que conviene avanzar alguna reflexión. El primero es el modelo elegido para hacer la transición al Ejército profesional, de una sola vez y no paulatinamente, de forma que los nacidos en una determinada fecha (el 31 de diciembre de 1982, si no hay cambios) deberán cumplir nueve meses de mili, y los nacidos un día después, nada.
Esta fórmula, junto al pase a la reserva de los que consigan ampliar su prórroga hasta el momento en que desaparezca el servicio obligatorio -de forma que los requisitos para obtener un aplazamiento, naturalmente laxos, se convierten en motivos de exención, más rigurosos-, es la más cómoda. Defensa sabe que le sobran cinco de cada seis jóvenes obligados a hacer la mili y no le preocupa el riesgo de un escaqueo masivo. Pero es también la más injusta. Para no crear una discriminación inaceptable, habría como mínimo que incentivar a los últimos reclutas forzosos, por ejemplo con la reducción de la mili a seis meses o el pago de 30.000 pesetas de sueldo, como prometió el PP en su programa electoral. De otro modo, además de una injusticia, podría provocarse una desbandada. Mal empezará el Ejército profesional si no se acaba bien la mili obligatoria.
Otro aspecto criticable es el propósito de que la movilización de los ciudadanos de entre 19 y 25 años, en caso de ataque o amenaza a la independencia, soberanía e integridad territorial de España, se haga por decreto y no por ley, como prevé la legislación vigente. Si ni siquiera en un caso tan grave se cuenta con el Parlamento, no se entiende cuál es su papel en esta materia ni por qué se queja el Gobierno de la débil conciencia de defensa de la sociedad. Puede argüirse que en caso de emergencia no hay tiempo para tramitar una ley, pero nuestro ordenamiento tiene una solución: el decreto ley.
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