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EL JUICIO POR EL "CASO BANESTO"

El Supremo de Liechtenstein prohíbe a Hachuel y a Levis cualquier pacto sobre el dinero de Carburos

El Tribunal Supremo del Principado de Liechtenstein ha prohibido explícitamente la posibilidad de que Jacques Hachuel y la Fundación Levis, vinculada directamente o a través de terceros a Arturo Romaní y Mario Conde, alcancen un acuerdo para el desembolso a favor del primero de los casi 2.000 millones, de pesetas (17,5 millones de francos suizos de 1990, más intereses) desviados en la llamada Operación Carburos del caso Banesto. La resolución, notificada la semana pasada, desestima los recursos de Levis y de Hachuel y confirma el interdicto impuesto el 9 de febrero de 1998.

El juez de primera instancia Helmut Neudorfer recibió el 5 de febrero una demanda de Banesto dirigida a prohibir un acuerdo entre Hachuel y la Fundación Levis. El banco elevó la solicitud de interdicto aún cuando sigue vigente un primer bloqueo contra Levis impuesto en julio de 1997, cuando Banesto demandó a Levis, para recuperar los fondos. ¿La razón de la segunda petición? Peter Monauni, abogado del bufete Batliner & Partners de Lieclitenstein, informó a Banesto, en enero pasado, que Hachuel también tenía intención de demandar a la Fundación Levis para obtener el dinero. En los tribunales de Vadúz está previsto, antes de la presentación concreta de una demanda civil, el paso previo de la conciliación a través de un mediador judicial. Banestó estimó que existía un riesgo. Aunque el interdicto de julio de 1997 vigente prohíbe disponer del dinero en poder de Levis, nada dice, explícitamente, sobre un acuerdo o pacto a través del mediador judicial. Había, pues, que cubrir este vacío legal.

Por ello, Banesto obtuvo un segundo interdicto. "Se prohíbe", decía el juez en su resolución del 9 de febrero, "a la Fundación Levis, bajo responsabilidad de sus órganos, a reconocer totalmente o por vía de convenio y mediante acuerdos judiciales, extrajudiciales o pactos concluidos ante el mediador con terceros, especialmente con Jacques Hachuel, pretensiones (deudas activas), entabladas por estas personas, impidiendo o dificultando con ello la consecución de las pretensiones y la ejecución por parte de Banesto". La vista entre los abogados de Hachuel y Levis, el 10 de febrero, se celebró. Si el plan era sellar un pacto, el nuevo interdicto lo impidió.

Levis y Hachuel recurrieron la decisión del juez Neudorfer ante el Tribunal Supremo. Éste confirma ahora la prohibición explícita, por entender que el primer bloqueo no establecía con precisión los posibles pactos o negociaciones entre las dos partes citadas. La resolución del Supremo pone de relieve, asimismo, las contradicciones de Hachuel. Según dice, el segundo bloqueo fue provocado por Hachuel, pues éste, que había actuado siempre como parte "coadyuvante" de Levis ante la demanda de Banesto, hizo un viraje al anunciar que demandaría a Levis abriendo el camino a la conciliación con el mediador judicial

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