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Admitida en España una demanda por contaminación electromagnética

Una familia reclama por un transformador bajo su vivienda

Un juzgado de Murcia ha admitido a trámite la primera demanda que se interpone en España por la contaminación electromagnética, reclamación frecuente en países como Estados Unidos, según el abogado que la ha redactado, José Luis Mazón. Los demandantes son un matrimonio que atribuye a las radiaciones de un transformador de Iberdrola situado debajo de su vivienda los problemas de salud que obligaron a la familia a abandonar la casa. Y piden que la empresa eléctrica retire el transformador o les indemnice por los daños causados.

Los demandantes, Francisco Hernández Rodríguez y María Teresa González Guillén, relatan que hace un año tuvieron que abandonar, junto a sus dos hijos, el domicilio en el que vivían en Murcia, al descubrir que se encontraba "invadido por un intenso campo electromagnético generado por el centro de transformación de alta tensión que la compañía eléctrica demandada posee justo debajo de la vivienda", comprada en 1986 a una empresa propiedad de Iberdrola. Aseguran que la empresa vendedora "silenció que la vivienda estaba inundada por un intenso campo electromagnético".Según relatan en la demanda, a raíz de apreciar en los niños frecuentes bronquitis, neumonías, otitis y trastornos respiratorios, encargaron a un especialista una medición ante notario que mostró que "a ras del suelo el campo generado por el transformador llega hasta los 4.000 nanoteslas" [unidad de inducción magnética], cuando el riesgo existe desde los 300. -También invocan los datos recogidos por la publicación Electromagnetismo, editada por el Colegio de Ingenieros Técnicos de Telecomunicaciones, que reflejan experiencias de este fenómeno en la URSS y en Estados Unidos.

Injerencia en el domicilio

Ante el problema observado, el abogado de los demandantes pidió a Iberdrola que cesara la injerencia en su propiedad y domicilio, a lo que un empleado de la compañía eléctrica contestó que los campos electromagnéticos son inocuos para la salud. El letrado propuso una medición a cargo de los técnicos de la empresa, a lo que los demandantes se negaron y exigieron, sin éxito, que los técnicos que efectuaran las mediciones fueran designados de común acuerdo. El empleado no aceptó. Iberdrola insistió en que el transformador "no supone riesgo para las personas, animales o cosas".Los demandantes piden al juzgado que su vivienda quede libre de esa injerencia en su domicilío y privacidad, así como la indemnización de los daños y perjuicios causados, en concreto el abono del equivalente a la renta o alquiler de la casa, incrementado en un 20 % como afección. Entre otros documentos, aportan un informe del Defensor del Pueblo que recoge denuncias de 1979 sobre "la excesiva mortalidad por cáncer infantil en niños que vivían en hogares sometidos a campos electromagnéticos presumiblemente altos".

La demanda se fundamenta en el derecho constitucional y europeo a la vida privada y razonan que "nos hallamos en presencia", dicen, "de una novísima modalidad de invasión del domicilio familiar inviolable, sede de la privacidad". En su apoyo alegan la sentencia de 1994 del Tribunal Europeo de Derechos Humanos de Estrasburgo, que condenó a España en el caso López Ostra, por la introducción en el domicilio de la demandante de malos olores producidos por una depuradora.

Bienestar personal

La sentencia del Tribunal de Estrasburgo, a instancia del letrado Mazón, declaró que "es evidente que atentados graves contra el medio ambiente pueden afectar al bienestar de una persona y privarla del disfrute de su domicilio, atentando contra su vida privada y familiar, sin que por ello se ponga en peligro la salud de la interesada".Recientemente, la fiscalía de Madrid pidió al Ayuntamiento y a la Comunidad de Madrid que en un plazo máximo de ocho años retiren o desvíen los tramos de los trazados de cinco líneas de alta tensión que circundan las zonas de Aravaca, Herrera Oria, Vallecas, Usera y Latina. El fiscal de medio ambiente Emilio Valerio Martínez cree que la proximidad de algunos tramos de esas líneas con bloques de pisos quebranta Ias distancias sanitarias mínimas exigibles".

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