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Normas básicas

El 23 de marzo de 1997, cuando murió aplastado en el ascensor Humberto Valdés, no era obligatorio que los ascensores dispusieran de doble puerta. Por eso, los técnicos de Industria que dos años antes habían inspeccionado el elevador se ciñeron "a aconsejar" a los vecinos del bloque su instalación. Hoy sí es obligatorio, en virtud de un decreto de la Comunidad de Madrid que rige desde mayo de 1997. Este y otros accidentes similares registrados en esa época en Madrid llevaron al Gobierno regional a imponer la colocación de puertas interiores en los ascensores.En Madrid hay en la actualidad unos 91.200 ascensores. De ellos, 24.000 carecían en mayo de 1997 de doble puerta, según datos facilitados entonces por la Dirección General de Industria.

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Al dictar el decreto se dio un plazo de entre dos y tres años para la instalación de puertas interiores en los ascensores que carecían de ellas. La ausencia de la doble puerta es la causa de la mayoría de los accidentes. Sólo en 1996 se produjeron cerca de 30. Aparte de la doble puerta, también es obligatorio que todo ascensor disponga de una especie de fusibles o térmicos que detengan su marcha en cuanto el motor se vea sometido a un esfuerzo adicional. También es obligatorio revisar periódicamente los elevadores: cada dos años los instalados en edificios públicos y cada cuatro el resto.

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