Penas de prisión a ocho de los acusados de Filesa
El Supremo inhabilita por seis años al senador Josep Maria SalaLa ejecución de la sentencia depende de los recursos de amparo que se presenten ante el Constitucional
La Sala Segunda del Tribunal Supremo impuso ayer penas que totalizan 11 años de prisión al ex diputado del PSOE Carlos Navarro y de 10 años de cárcel al administrador único de Filesa, Luis Oliveró y otros 10 años al gerente de Malesa, Alberto Flores Valencia, por su participación en el entramado de financiación irregular del PSOE. El senador del Partit del Socialistes de Catalunya (PSC-PSOE) Josep Maria Sala i Grisó ha sido condenado a un total de tres años de prisión, que lleva aperajada la accesoria de inhabilitación especial, lo que determina la pérdida de su escaño en el Senado. Aida Álvarez y su marido, Miguel Molledo, también tendrán que ir a prisión para cumplir las penas de dos años y cuatro meses que les han sido impuestas. Dos de los cinco empresarios juzgados han sido condenados a penas de seis meses, por lo que se librarán de la cárcel, y otros tres han sido absueltos.
La sentencia, mucho más dura de lo esperado, ha sido dictada por el presidente de la Sala Segunda, José Augusto de Vega como ponente, y por los magistrados Luis Román Puerta y Ramón Montero. En aplicación del Código Penal, las condenas a Navarro, Sala y Oliveró quedan reducidas a nueve años de cumplimiento, limite del triplo de la pena más grave, que es de tres años.
Dudas sobre la prisión a Sala
La sentencia ha impuesto al senador del PSC-PSOE Josep Maria Sala un año de prisión y multa de 100.000 pesetas por un delito de falsedad en documento mercantil; y dos años de prisión seis años y un día de inhabilitación especial para cargo público y multa de 250.000 pesetas por un delito de asociación ilícita.Según diversos penalistas consultados por este periódico, tanto con el antiguo como con el nuevo Código Penal, el senador Josep Maria Sala tendría que ingresar en prisión al no poder aplicársele la remisión condicional de la pena, que implica dejar en suspenso la sentencia con la condición de no delinquir en el período de tiempo que señale el tribunal.
Otras fuentes, sin embargo, indicaron que el Tribunal Supremo aún no ha tenido oportunidad de emitir un pronunciamiento sobre la ejecución de las penas con el nuevo Código, y fuentes del propio tribunal indicaron que el tema debía ser objeto de estudio en el período de ejecución de sentencia.
Carlos Navarro, Luis Oliveró y Alberto Flores han s ido condenados por dos delitos continuados de falsedad en documento mercantil a sendas penas de tres años de cárcel y 100.000 pesetas de multa. Por un delito de asociación ilícita, Carlos Navarro ha sido sentenciado a tres años de cárcel y a pagar una multa de 500.000 pesetas y Luis Oliveró y Alberto Flores, a dos años cada uno y multa de 250.000; los tres con la accesoria de 6 años de inhabilitación especial. Navarro, Oliveró y Flores también han sido condenados a otros dos años de cárcel y a una multa de 258 millones de pesetas por un delito contra la Hacienda Pública.
Aida Álvarez, ex coordinadora de finanzas del PSOE y fundadora del Grupo 2020, que canalizó gastos electorales del PSOE, y su marido, Miguel Molledo, han resultado condenados a una pena de dos años, cuatro meses y un día de prisión cada uno por un delito de falsedad continuada en documento mercantil.
La sentencia de 104 folios de extensión, no será notificada personalmente a los condenados hasta que finalice el juicio a la Mesa Nacional de Herri Batasuna en_ el que participan dos de los tres magistrados del caso Filesa- y el tribunal pueda encontrar una mañana libre para citar a los once acusados.
Según el nuevo Código Penal, y salvo alguna duda suscitada sobre el senador Sala, las penas impuestas a Carlos Navarro, Luis Oliveró, Alberto Flores, Aida Álvarez y Miguel Molledo les llevan irremisiblemente a prisión, al superar en todos los casos el límite de dos años de cárcel al que los jueces y tribunales pueden aplicar la remisión condicional o suspensión de la ejecución de la pena.
Sin embargo, según fuentes jurídicas, el ingreso en prisión de los condenados a penas de cárcel no tiene que ser necesariamente inmediato y quedaría condicionado a que el Tribunal Constitucional admitiese a trámite, en su caso, el recurso de amparo que previsiblemente interprondrán los abogados. El abogado del senador Sala ya anunció ayer que interpondrá recurso ante el Constitucional.
Aunque la sentencia es firme por ser del Supremo y nada impediría el inmediato ingreso en prisión, en la práctica lo habitual es esperar al pronunciamiento del Constitucional sobre la admisibilidad del recurso.
Los abogados defensores de los condenados pueden formalizar el recurso de amparo ante el Constitucional y solicitar del Supremo la suspensión cautelar de la ejecución de la pena. Existen precedentes de que el Supremo ha dejado en suspenso la ejecución de la sentencia hasta que el Constitucional se pronuncia sobre la admisibilidad el recurso.
Dentro de algunas semanas, si tras examinar los presupuestos de admisibilidad, el Constitucional admite a trámite el recurso, en el mismo auto en que lo admita, puede decretar, si así lo estima conveniente, la suspensión de la ejecución de la pena hasta que se dicte la sentencia de amparo. Si el recurso, de amparo es rechazado, el ingreso en prisión de los cinco condenados se verificaría a continuación.
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