El Tribunal rechaza un recurso contra el monopolio eléctrico
El Tribunal de Luxemburgo ha rechazado las denuncias planteadas en el año 1994 por la Comisión Europea contra los monopolios de importación de electricidad en España, Holanda e Italia así como de gas y electricidad en Francia.
La sentencia del tribunal europeo tiene muy pocos efectos en la práctica por dos razones: porque no se pronuncia sobre el fondo del asunto -por lo que ni consagra ni rechaza la existencia de esos monopolios-, y porque a principios de este año se aprobó una directiva europea para liberalizar el sector eléctrico y el lunes puede alcanzarse un acuerdo entre los Quince sobre la propuesta de directiva presentada por Bruselas para la liberalización del gas.
La Comisión había atacado los diferentes sistemas nacionales de estos países. En el caso de España, la ley 49 de 1984 dispone que el sistema eléctrico nacional de alta tensión, en tanto que servicio público, está gestionado por la sociedad estatal Red Eléctrica de España.
El tribunal ha rechazado las acusaciones de Bruselas porque considera que la Comisión Europea no ha podido probar la existencia de un monopolio legal ya que la ley no instituye ningún derecho exclusivo para los intercambios internacionales. Más bien al contrario, bajo ciertas condiciones la sociedad estatal asigna a cada empresa la parte que le corresponde en los intercambios internacionales.
En los casos de Bélgica, Italia y Francia, el tribunal considera que la Comisión Europea no ha tenido en cuenta las particularidades de los sistemas nacionales y se ha limitado a consideraciones de orden exclusivamente jurídico, sin fundamentar sus argumentos.
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