Revisión del gas
Con fecha 19 de agosto he recibido de la compañía Gas Natural el aviso de que, de acuerdo con la normativa establecida por la Comunidad de Madrid, han previsto visitarme próximamente para realizar la inspección periódica de mi instalación de gas. Naturalmente, cuando esta visita se produzca deberé presentarles el certificado acreditativo de haber efectuado la revisión periódica pertinente. ¿Qué ocurrirá si no es así? No hay motivo para preocuparse. Tengo dos opciones: contratar dicha revisión con otra empresa o, mucho más sencillo (esto no lo afirman ellos, sino yo), acceder a que sea el mismo operario inspector quien la realice por el módico precio de 2.800 pesetas más IVA. Naturalmente, se me ocurre pensar que si este operario considera en su revisión que todo funciona correctamente le bastará con desdoblarse en inspector y dar su visto bueno; de lo contrario me informará de las anomalías y, en una segunda visita y una vez subsanadas éstas, dará su aprobación (aunque supongo que una segunda visita puede resultar engorrosa y que quizá con algo de manga ancha y buena voluntad ... ). Fantástica versión moderna de la fábula del Dr. Jeckyll & Mr. Hyde. ¿No se les ha ocurrido una versión similar a los de la Inspección Técnica de Vehículos?: cobrar por una re visión antes de realizar la inspec ción. ¿Qué dicen de todo esto Asefosam y Asemgas, asociaciones de empresas instaladoras de gas? ¿Y el Tribunal de la Competencia?- .
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