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Varapalo de Garzón a Liaño tras insinuar este último que tiene ocultas intenciones

El juez instructor rechaza las pruebas propuestas por el magistrado recusado

El juez Baltasar Garzón propinó ayer un varapalo jurídico al juez Javier Gómez de Liaño, que el martes había insinuado ocultas intenciones del primero en la tramitación de su recusación. Garzón, que instruye el incidente de recusación planteado por el consejero delegado de EL PAÍS y Sogecable, Juan Luis Cebrián, contra Javier Gómez de Liaño por enemistad manifiesta y tener interés indirecto en el proceso, recibió un escrito del recusado en el que se quejaba de que se hubiera admitido la prueba propuesta por Cebrián. En ese escrito Gómez de Liaño llegaba a insinuar oscuras intenciones en Garzón al señalar: "A no ser que lo que se esté tramitando en pieza separada no sea el incidente de recusación de un juez, sino otra cosa muy distinta". Garzón replicó ayer que Liaño "no tiene que exponer ni hacer consideraciones en el incidente del tipo de las realizadas".

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Prueba pertinente

Garzón había admitido las pruebas documentales propuestas por Cebrián en el incidente de recusación, entre ellas la de cursar un mandamiento a Telefónica para que remita una relación de tallada de los faxes que se hubieran cursado desde el juzgado de Gómez de Liaño desde el 1 de febrero de este año, con indicación de los números de los aparatos receptores y sus titulares o usuarios. La prueba tiene su importancia, especialmente si se comprueba que desde el juzgado se remitieron faxes a algunos de los querellantes, lo que según los abogados de Cebrián demostraría la existencia de interés indirecto en la causa de Sogecable, uno de los supuestos de la recusación invocados por Cebrián.

Preocupación y queja

El hecho de que Garzón hubiera admitido la prueba, incluso acotándola a personas determina das, no gustó a Gómez de Liaño que hizo una serie de consideraciones "no como parte recusada, sino como miembro del Poder judicial y magistrado juez". Liaño señalaba textualmente: "Expreso mi sorpresa, dejo constancia de mi preocupación y consigno una respetuosa queja por la admision y practica de la prueba" ya mencionada. El juez recusado protestaba porque por el fax del juzgado se tramitan diligencias que reclaman "la mayor de las discreciones". Y afirmaba que la reserva no se puede quebrantar en un incidente de recusación, "a no ser que lo que se esté tramitando en pieza separa da no sea el incidente de recusación de un juez, sino otra cosa muy distinta". Gómez de Liaño pasa por alto que el listado lo re clama la autoridad judicial competente para decidir si él es un juez imparcial en las diligencias sobre Sogecable y que la prueba propuesta tiene como fin determinar si él tiene interés indirecto en la causa.Garzón, en una providencia dictada ayer, le contesta señalando que "en cuanto que miembro del Poder Judicial y magistrado juez del Juzgado Central número 1, no tiene que exponer ni hacer consideraciones ( ... ) del tipo de las realizadas, sin perjuicio de que se dirija a este instructor tantas veces como desee para comunicar sus impresiones".

El juez instructor informa a Gómez de Liaño de que sin necesidad de que él le hubiera instado a que acotase la investigación sobre los faxes, él mismo ya lo había hecho y que sus opiniones al respecto se consideran "innecesarias".

Garzón además indica al recusado que le notifica las resoluciones en calidad de "persona a la que se refieren", porque le hace saber que él no es parte, ni tampoco perjudicado , "puesto que no lo puede ser por el hecho de que alguien utilice su derecho a recusar".

Rechazada la prueba

A la vista de la prueba propuesta por Cebrián para demostrar la enemistad manifiesta e interés indirecto de Gómez de Liaño en las diligencias de Sogecable -el martes fue denunciado de nuevo al Consejo General del Poder Judicial por haber tardado 74 días en remitir un informe para el que tenía un plazo de 6- el juez decidió contratacar. Y, con el fin de demostrar lo contrario, propuso como testigos a su padre, Mariano Gómez de Liaño, ex magistrado del Tribunal Supremo; a su compañera, la fiscal María Dolores Márquez de Prado; al denunciante de Sogecable y director de la revista Época, Jaime Campmany; al abogado Antonio García Trevijano; al querellante y columnista de Epoca y El Mundo, Jesús Cacho; al director de este último rotativo, Pedro J. Ramírez, y a la empresaria Rosa Bernal.Pues bien, Garzón ha desestimado esa petición en su totalidad. El instructor argumenta que "la imparcialidad del juez se presume y no necesita ser postulada expresamente ni siquiera por el propio juez recusado". "Este", agrega el auto de Garzón, "no tiene porqué demostrar tal extremo; antes al contrario y, por imperativo legal, ha de ser la parte recusante la que produzca la única prueba posible, en tanto es la que duda de dicha imparcialidad".

El magistrado explica que la ley, una vez que el juez recusado decide inhibirse o no inhibirse, no vuelve a referirse al mismo salvo para pedir el informe al respecto, pero no para proponer prueba.

"No se halla prevista la posibilidad de prueba del recusado", dice el auto, "para demostrar un hecho que se presume -su imparcialidad- y tampoco tiene el carácter de parte, concepto que queda reservado a las que lo son en el procedimiento y en este caso a la legitimada para recusar".

El juez se ha dado un plazo de 10 días improrrogables -que vence el 9 de septiembre, debido a que el mes de agosto es inhábil- para practicar las diligencias de prueba propuestas por Cebrián.

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