Cataluña y País Vasco tienen competencias para crear sus bolsas
El Tribunal Constitucional ha estimado en parte los recursos de inconstitucionalidad contra la Ley del Mercado de Valores y dos reales decretos sobre sociedades y agencias de valores y bolsas, promovidos por el Gobierno vasco y la Generalitat de Cataluña.El Alto Tribunal da la razón a los recurrentes al afirmar que no existe razón alguna para que el acto de creación de una Bolsa en el territorio autonómico tenga que compartirse por el Estado y la comunidad autónoma correspondiente.
Además, en la sentencia, fechada el pasado 17 de julio, se indica que al Estado le corresponde la competencia para establecer las bases de la ordenación del crédito y los elementos que sean necesarios para garantizar la unidad de mercado. A las comunidades autónomas les corresponden la ejecución de dichas bases y entre ellas se encuentra la creación de los mercados de valores respetando el marco estatal.
El Tribunal Constitucional estima en su fallo que la homogeneidad exigida por los principios de unidad de mercado y las bases de la ordenación del crédito no se rompen por el hecho de que sean las comunidades autónomas con competencia en la materia las que verifiquen si las sociedades y agencias de valores cumplen los requisitos de participación en la sociedad rectora de cada territorio.
Esta sentencia del Tribunal Constitucional coincide con el debate abierto recientemente por el presidente de la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV), Juan Fernández-Armesto, sobre la conveniencia o no de crear un gran holding que agrupe todos los mercados de valores nacionales, con el fin de dotarles de un mayor atractivo.
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