_
_
_
_

Dos jueces afirman que la reforma laboral sigue sin definir el despido económico

Los cambios introducidos en la reforma laboral para aclarar el concepto de despido objetivo y facilitar la labor de los jueces sólo han logrado clarificar el previsto por causas técnicas, de organización y de producción de las empresas, pero no el definido por motivos económicos. Así lo afirmaron ayer el magistrado del Tribunal Supremo Aurelio Desdentado y el del Juzgado Social número 22 de Barcelona Jacobo Quintans.Desdentado dijo ante los asistentes a un acto convocado por la Asociación por el Progreso de la Dirección que la nueva redacción legal sobre despido económico por causa objetiva "es casi igual" al anterior, por lo que "van a seguir planteándose los mismos problemas" -clarificar qué se entiende por situación negativa de una empresa- para que un juez considere un despido procedente y por tanto con una indemnización interior a 45 días por año.

Jacobo Quintans señaló en una jornada organizada por la patronal SEFES que en el despido por causas económicas no ha habido clarificación legal, pero añadió que cuando se producen causas tecnológicas se ha suavizado el anterior requisito, que exigía que el despido garantizase la viabilidad futura de la empresa, con otro que dice que la rescisión de contrato "será necesario que contribuya a superar las dificultades de la empresa".

Suscríbete para seguir leyendo

Lee sin límites
_

Archivado En

Recomendaciones EL PAÍS
Recomendaciones EL PAÍS
Recomendaciones EL PAÍS
_
_