_
_
_
_
_

El Gobierno tiene lista una reforma del Inem que lo deja reducido al pago del desempleo

El Gobierno tiene lista una reforma del Instituto Nacional de Empleo (Inem), que ha empezado a discutir en las últimas semanas con sindicatos y patronal, por un lado, y con sus socios catalánes, por otro, en negociaciones discretas. Esa reforma prevé limitar considerablemente el papel de las oficinas de empleo, que según estos planes quedarían reducidas al pago del seguro de desempleo. El resto de las funciones que ahora tiene el instituto -las colocaciones y la promoción de empleo, junto a la formación ocupacional de los parados- se piensan transferir a las comunidades autónomas.

El Ministerio de Trabajo tiene ya elaborados una serie de documentos con su modelo del futuro Servicio Público de Empleo, que ha tratado con la patronal y los sindicatos en un grupo de trabajo. La discusión definitiva se debe producir en una mesa de negociación que ha de constituirse. Pero los criterios parecen estar claro: las carencias del Inem se quieren resolver transfiriendo a las comunidades autónomas todas las políticas de empleo. En esos documentos, en cambio, no se reconoce el importante papel que pueden jugar los ayuntamientos en la colocación de parados.El futuro Inem se limitará a coordinar las políticas, aunque de momento eso sólo se recoge en una vaga declaración en la que se afirma que la unidad del mercado de trabajo español "no se puede desgajar o configurar en compartimentos estancos". Se pretende que "las políticas de empleo sean equivalentes en el conjunto del territorio nacional asegurando el principio de igualdad de oportunidades en el acceso al empleo". Con la "exigencia de un modelo único y estatal de Servicio Público de Empleo".

Las competencias estatales serán las siguientes: un marco jurídico de leyes y reglamentos, el registro único de desempleados, las estadísticas sobre parados y colocaciones, y el presupuesto único con distribución anual de los programas por territorios.

Competencias autonómicas

Las competencias a nivel autonómico se extienden tanto a la autoorganización del Servicio Público de Empleo, como a la intermediación en el mercado de trabajo, que comprende la inscripción de demandantes de empleo y gestión de demandas, calificación y clasificación profesional de demandantes, gestión de ofertas, colocación, información y orientación profesional, y otras acciones de mejora de la ocupabilidad para la reinserción laboral.

También controlarán las comunidades la ejecución de la política activa de empleo diseñada a nivel estatal. Es decir, la ejecución de las subvenciones y ayudas para fomentar el empleo, la formación ocupacional, y el Programa de Escuelas Taller y Casas de Oficios; el registro de contratos; la autorización y seguimiento de las agencias de colocación sin fines lucrativos y, en su caso, la suscripción de convenios con las entidades asociadas de los servicios integrados para el empleo (SIPES).

Ese modelo configurado supone que habrá oficinas provinciales de coordinación, dependientes del Estado y en las que se aplicarán sus competencias, y oficinas de empleo de las comunidades autónomas, con todas las políticas activas de empleo. Está previsto que esas dos oficinas compartan el mismo recinto en cada localidad.

El Estado renuncia pues a una de las principales funciones del Inem: la colocación de los parados; eliminando así un problema que los sucesivos gobiernos no han sabido solucionar. En los últimos años, el instituto ha tenido una escasa capacidad de intermediación en el mercado de trabajo. Sus colocaciones directas han oscilado entre el 8% y el 9%, y el resto de las contrataciones que registra son los documentos que entregan las empresas y los trabajadores.

Sí se mantiene como competencia estatal la protección por desempleo en el ámbito de la Seguridad Social, así como la unidad de caja, la aplicación uniforme del sistema y el control del gasto.

Aquí el Gobierno no accede a la reclamación de su socio catalán Convergéncia i Unió. En los documentos de Trabajo se afirma que la tramitación de las prestaciones por desempleo, previa al reconocimiento del derecho, está directamente interrelacionada con éste. Es decir, entiende que la petición del derecho condiciona el posterior reconocimiento. Y que una tramitación diferente de las prestaciones en unas y otras comunidades abocaría a reconocimientos también dispares de los derechos al seguro de paro.

Control del fraude

También afirma que, en la tramitación administrativa previa, concurren importantes aspectos del control del fraude. Por ello entiende que es competencia del Estado conforme a lo razonado por la sentencia del Tribunal Constitucional de 1996.

Los sindicatos UGT y CC OO tienen serias reticencias ante ese modelo de Servicio Público de Empleo. Creen que el mercado de trabajo no se puede desgajar y que las políticas de empleo deben ser equivalentes en el conjunto del Estado para garantizar el principio de igualdad de oportunidades en el acceso al empleo del conjunto de la ciudadanía, así como la solidaridad y la equidad. Ellos defienden que el futuro Inem, o la estructura estatal, integre "el diseño, planificación y coordinación de las políticas de empleo".

También reclaman patronal y centrales una clara participación y representación, a nivel estatal y en la nueva estructura autonómica.

Regístrate gratis para seguir leyendo

Si tienes cuenta en EL PAÍS, puedes utilizarla para identificarte
_

Archivado En

Recomendaciones EL PAÍS
Recomendaciones EL PAÍS
Recomendaciones EL PAÍS
_
_