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El difícil rodaje del jurado popular

El 'caso Otegi' pone en la picota a una institución que está dando sus primeros y dubitativos pasos

Miguel González

Nueve meses después de iniciar su andadura, el jurado ha tenido su primer tropiezo serio. Ha bastado que un tribunal popular absolviese a Mikel Otegi, autor confeso de la muerte de dos ertzainas, para que la institución sea puesta en la picota y desde el Gobierno y el partido mayoritario se anuncie una inmediata reforma legislativa.Y es que el jurado no ha empezado con buen pie. La modificación que ahora se anuncia, si finalmente prospera, no será la primera, sino la segunda, de una ley que cuenta con menos de dos años de antigüedad.

La ausencia de diputados en el Pleno del Congreso del 11 de mayo de 1995 impidió que se aprobasen las más de 60 enmiendas acordadas en el Senado, y ello obligó a una primera reforma de la ley, que se publicó en el BOE el 17 de noviembre de aquel año, aun antes de que empezara a aplicarse.

Sin embargo, no puede decirse que la reinstauración del jurado, abolido en 1936 por el bando franquista, haya sido precipitada. Ha tardado 17 años en desarrollarse el artículo 125 de la Constitución, que prevé la participación de los ciudadanos en la Administración de Justicia "mediante la institución del Jurado".

La ley, publicada en mayo de 1995, demoraba en seis meses su entrada en vigor y todavía pasaron seis meses más hasta que, en mayo de 1996, se celebraron los primeros juicios con jurado. Durante este tiempo, hubo varias vistas en las que, con carácter experimental, se consultó la opinión de un jurado y se comparó luego con el veredicto del tribunal.

Pero los batacazos han llegado, lógicamente, cuando el jurado se ha echado a dar sus primeros y dubitativos pasos en el mundo del Derecho Penal.

La sentencia del caso Otegi no ha sido la primera que ha levantado polémica, aunque sí la más relevante por su trascendencia política. El pasado 6 de noviembre, en la Audiencia Provincial de Madrid, un jurado declaró "no culpable" al joven Ángel P. B., quien mató a su hermano con un cuchillo tras una discusión por unos pantalones vaqueros. Si el fallo lo hubiese dictado un tribunal profesional, el joven estaría probablemente hoy entre rejas condenado por homicidio involuntario, según los expertos.

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No menos controvertido fue el veredicto de un jurado de Barcelona, que condenó a cuatro años a Rafael Ponce, autor de la muerte del taxista Álvaro López Pereira, a quien atacó con un cuchillo de cocina.

El tribunal popular estimó que, si la víctima hubiese sido atendida con más rapidez, podría haber salvado la vida. En consecuencia, condenó al agresor por un delito de lesiones con alevosía y no de homicidio. De verdadero "estropicio" calificó esta decisión el fiscal jefe de Cataluña, José María Mena.

El primer caso conjurado en Mallorca se saldó también con la absolución del empresario alemán Gerard Schutze y de su empleado Juan Carlos Alonso, acusados de intento de soborno. Alonso, por orden de su jefe, acudió en enero de 1996 al puesto de la Guardia Civil con un fajo de billetes, por valor de 200.000 pesetas, "para los niños necesitados" de Calviá. Dos días antes, la Guardia Civil había inspeccionado una tienda de Schutze, donde halló discos presuntamente piratas.

Los miembros del jurado debieron tener en cuenta las palabras del presidente del tribunal, quien les dijo que, "en una sociedad democrática, más vale absolver a diez culpables que condenar a un inocente".

No siempre, sin embargo, se han caracterizado los jurados por su benevolencia. El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía anuló el pasado miércoles la condena de tres años de cárcel impuesta al padre y al abuelo de una niña de cuatro que fue hallada muerta en una alberca en Béznar (Granada), por entender que no había pruebas firmes contra ellos.

Por su parte, el magistrado de Valencia que redactó la sentencia contra Antonio Millán, condenado a un año de prisión por entrar violentamente en la casa de una familia con la que había convivido, tuvo que corregir el fallo popular, al entender que no era posible, como pretendía el jurado, que existiese a la vez allanamiento de morada por la fuerza y abuso de confianza. La propia fiscal reconoció que el veredicto fue más duro que el previsible en un juez profesional.

Con todo, los expertos consideran que es demasiado pronto para sacar conclusiones y saber si los fallos detectados se derivan del mal funcionamiento de la institución o del inevitable rodaje que necesitan los españoles para acomodarse a la responsabilidad que la Ley del Jurado ha puesto en sus manos.

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Sobre la firma

Miguel González
Responsable de la información sobre diplomacia y política de defensa, Casa del Rey y Vox en EL PAÍS. Licenciado en Periodismo por la Universidad Autónoma de Barcelona (UAB) en 1982. Trabajó también en El Noticiero Universal, La Vanguardia y El Periódico de Cataluña. Experto en aprender.

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