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La reforma de la ley permitirá a la grúa retirar coches de la zona ORA

Se avecinan malos tiempos para los conductores informales. El Congreso de los Diputados aprobará, probablemente la próxima semana, la modificación de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, que da cobertura legal a los ayuntamientos para regular el aparcamiento en superficie. El texto de la modificación, que el Senado aprobó la semana pasada, supone que la Policía Municipal podrá ordenar la retirada de los vehículos estacionados sin boleto en la zona ORA o cuando rebasen el doble del tiempo de aparcamiento que hayan pagado.

La modificación de la ley da cobertura a la inmovilización de coches mediante el cepo y condena a los que cometan infracciones muy graves a perder el permiso de conducir temporal o definitivamente, según la seriedad de la infracción. Entre estas faltas muy graves se encuentra el conducir bajo los efectos del alcohol o estupefacientes, así como no someterse a una prueba de alcoholemia.

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También se consideran muy graves la conducción temeraria, la omisión de socorro y las carreras no autorizadas. Anteriormente, todas (excepto la negativa a someterse a controles de consumo de drogas o alcohol) se consideraban sólo graves mientras no se añadiesen circunstancias de riesgo. Se añade además, como quería la Federación Española de Municipios y Provincias (FEMP), la sanción de hasta 250.000 pesetas a quien no solicite en el plazo pertinente la transferencia del vehículo a su nombre.

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Derecho administrativo

El Ayuntamiento empleará la grúa en la zona de aparcamiento limitado cuando haya parquímetros

El senador socialista Juan Antonio Arévalo, ponente de esta modificación, explica que dicha solicitud contravenía los principios del derecho administrativo. Sorprendentemente, ahora que es inminente la resolución de algunos problemas que planteba la ORA a los ayuntamientos, el de Madrid está trasladando a sus controladores a otras funciones. Según el edil de Hacienda, Pedro Bujidos, entre 60 y 70 de esos empleados (un 21%, ya que hay en total unos 300) han sido destinados al departamento de gestión de multas, toda vez que han desaparecido de este servicio los empleados de la multinacional EDS, cuyo contrato fue rescindido por el pleno del pasado mes de diciembre.Tampoco prosperó la petición de los alcaldes de que se les otorgase potestad para retirar el carné de conducir. Falcó se congratula de que no se haya estimado esa pretensión, pues considera que ya es suficientemente discutible que esa potestad descanse en los gobernadores civiles (que delegan en el director provincial de Tráfico) y no en los jueces.

Además, los ayuntamientos (como también la Dirección General de Tráfico) ven aumentado en un mes el plazo máximo para sancionar las infracciones desde la fecha en que fueron cometidas: pasa de dos a tres meses.

Arévalo, como también Falcó, incide en que este aumento del plazo de prescripción permite que la burocracia vaya aún más lenta. "Les viene muy bien a los ayuntamientos", sentencia con respecto a la modificación el senador socialista. Sin embargo, la FEMP había pedido seis meses por asimilación con el plazo establecido en el nuevo Código Penal para las faltas.

Tanto el presidente del RACE como el director de la Asociación de Automovilistas Europeos, Mario Arnaldo, consideran un error la vía libre a la grúa contra los coches que infrinjan la ORA. "Recurriremos esta ley", dice Arnaldo.

"Si la filosofía es que haya un reparto equitativo del espacio para aparcamiento, estamos de acuerdo, pero no si es con afán recaudador", añade. A su entender, la grúa debería llevarse sólo aquellos coches que hayan rebasado el tiempo de estacionamiento máximo permitido por la tarjeta que hayan colocado, puesto que están abusando de un derecho, pero no a quienes ni siquiera hayan colocado el boleto correspondiente, "porque eso sólo implica una infracción de tipo fiscal". Además, considera que la ORA debe ser gratuita. Para Arnaldo, ni se han previsto las homologaciones necesarias de parquímetros ni se ha reparado en que habrán de desaparecer, a su juicio, los privilegios de residentes, embajadas...

Otra de las sorpresas de la modificada Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial es la inclusión de los carriles para bicicletas o para transporte colectivo (carril-bus) entre las zonas en las que está prohibido aparcar y detenerse.

Además, se recoge la prohibición de estacionar en las zonas de carga y descarga, en las de uso exclusivo de minusválidos, sobre las aceras y otros espacios para peatones, y delante de los vados. Por extraño que parezca, en la ley original no figuraban esas prohibiciones y sólo se hacía referencia a ellas en el reglamento que las desarrollaba.

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