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"Sentencia firme"

Éste es el contenido de la "sentencia firme" de que fue objeto López-Amor el 27 de octubre de 1992:"Siendo esta sentencia firme, sin que contra la misma pueda interponerse recurso de casación. POR TODO LO EXPUESTO, FALLAMOS: "Que ESTIMAMOS PARCIALMENTE los recursos contencioso-administrativos números 500.231 y 500.511 interpuestos por la representación de D. Fernando LÓPEZ-AMOR GARCÍA y Dª. Pilar VALIENTE CALVO, ésta en calidad de Presidenta de la Asociación Profesional de Inspectores de Finanzas de la Administración Financiera y Tributaria del Estado, contra la Orden del Ministerio de Economía y Hacienda, de 30 de enero de 1990, descrita en el Primer Fundamento de Derecho, determinando no ser conforme con el ordenamiento Jurídico la declaración. de una comisión de una falta leve del artículo 8-3 ) del Reglamento de 10 de enero de 1986, que se consideraba prescrita, por lo que la anulamos; y declaramos al recurrente D. Fernando LÓPEZ-AMOR GARCÍA, incurso en una falta grave de "abuso de autoridad en el ejercicio del cargo" prevista en el artículo 7-1- b) del citado Reglamento, con su Sanción aneja de quince días de suspensión de funciones, por ser ajustada a derecho y arreglada al Ordenamiento jurídico.

Más información
El Gobierno conocía la sentencia contra López-Amor cuando le eligió como máximo responsable de RTVE

Y ello sin hacer expresa imposición de costas a ninguna de las partes procesales".

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