La CNMV expedienta a Paribas y Crédit Suisse por falsear precios para obtener beneficios
El Consejo de la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) ha abierto un expediente sancionador a Banque Paribas (Francia) y Crédit Suisse Financial Products (Reino Unido), como consecuencia de la inspección abierta a raíz de varias operaciones realizadas en Bolsa en el último minuto de la sesión del 27 de diciembre de 1995. Las operaciones provocaron una caída del índice Ibex 35 y beneficios para ambos bancos. Fuentes de la sucursal española de Paribas manifestaron ayer que se actuó correctamente, siguiendo instrucciones de un cliente y dentro de las normas habituales en el mercado de valores.
, La comisión argumenta que la apertura del expediente se basa "en la realización de operaciones en bolsa el 27 de diciembre de 1995, que presuntamente podrían ser constitutivas de la infracción contemplada en el artículo 99, apartado i, de la Ley del Mercado de Valores". Dicho apartado describe como infracción "el desarrollo de prácticas dirigidas a falsear la libre formación de los precios en el mercado de valores".La nota de la comisión explica que "Ia apertura del expediente sancionador pone en marcha un procedimiento en el que se formulan los cargos oportunos y se da audiencia a los interesados, pero no presupone la existencia de responsabilidades, ni afecta a la presunción de inocencia de los expedientados".
La Comisión del Mercado Valores ya ha dado traslado del expediente a los dos afectados, que están preparando sus alegaciones. El segundo afectado, Crédit Suisse Financial Products, expresó desde Londres su disposición a colaborar en la investigación y aseguró que "actuó en todo momento de acuerdo con las prácticas comunes del mercado [ ... ] y en consonancia con la legislación española".
La reconstrucción y explicación de lo que ocurrió el 27 de diciembre de 1995, de acuerdo con la información que manejan los operadores, es la siguiente: La entidad A (un fondo de inversión del Banco Santander en Luxemburgo) tiene inversiones en renta fija que desea cambiar por renta variable (acciones). Para aminorar el riesgo, la entidad A acuerda con las entidades B y C (Banque Paribas y Crédit Suisse, según se desprende de la decisión de la CNMV) el aseguramiento a través de un operación swap (permuta de activos). Los dos bancos, a su vez, vinculan la operación al cierre del futuro sobre el Ibex 35 del 27 de diciembre de 1995. Llegado ese día, el Ibex 35 marcaba un nivel muy superior al fijado en el contrato. Las entidades B y C deciden realizar ventas masivas de acciones de su propia cartera en el último minuto, para provocar un hundimiento del Ibex. Así, registran pérdidas por la venta de esas acciones, pero las compensan de sobra con fuertes beneficios procedentes de su posición en futuros. El perjudicado por la operación (véase EL PAÍS de los días 8 y 9 de enero de 1997) es un fondo del Grupo Banco Santander. Las pérdidas para el fondo fueron de 400 millones de pesetas.
Si se observa la evolución comparada del Ibex y del futuro del día 27 (ver gráfico), destaca que ambas cotizaciones iban muy parejas a la largo de la sesión, justo hasta el último minuto, cuando cae el Ibex 35.
En concreto, el cierre del índice bursátil de referencia se situó en el 3.537,36, mientras el futuro lo hacía en el 3.592. Una diferencia que se corrigió inmediatamente en la apertura de la sesión del día siguiente (3.610,17 el Ibex y 3.600 el futuro), cuando ambos índices volvieron a emparejarse, para continuar así toda la jornada.
Éste es uno de los datos, según operadores consultados, que han empujado a la Comisión de Valores a abrir el expediente a Paribas y a Crédit Suisse. Estas dos firmas intervinieron en las operaciones desde sus oficinas de Londres y movieron unos 10.000 millones de pesetas.
La multa que podría imponerse oscila entre el total del beneficio obtenido a cinco veces esa cantidad. En caso de que no se pueda determinar el beneficio, la multa sería la mayor cuantía de el 5% de los recursos propios de las sociedades o el 5% de los recursos totales utilizados en la operación. La sanción la impone el ministro de Economía a propuesta de la CNMV.
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