Estrasburgo niega que la detención de Roldán violara ningún derecho
La Comisión Europea de Derechos Humanos de Estrasburgo, dependiente del Consejo de Europa, notificó ayer su rechazo unánime a las tres quejas del ex director de la Guardia Civil Luis Roldán contra España por supuesta violación de derechos en su detención y entrega a la justicia. La comisión razona que la detención se ajustó a derecho, que el prófugo fue debidamente informado de los cargos contra él y que es prematuro acusar de injusto un proceso aún no concluido.
A diferencia de otras ocasiones, en que la Comisión ha resuelto la inadmisión de plano de las demandas, en este caso, su sala segunda, integrada por 16 juristas, ha elaborado una decisión razonada en la que rebate cada una de las quejas planteadas por Roldán, con motivo de su detención en Laos en febrero de 1995, tras permanecer fugado de la justicia durante más de 10 meses. Rechazada la demanda, ya no podrá llegar al Tribunal Europeo de Derechos Humanos.La primera queja de Roldán consiste en mantener que su privación de libertad en Laos violó el Convenio Europeo de Derechos Humanos, en cuanto establece que nadie podrá ser privado de libertad, salvo en los casos previstos en las leyes que detalla el propio convenio. Roldán aseguró que su privación de libertad en Laos a cargo de policías españoles y su envío en avión a Italia y, más tarde a España en un avión militar español, vulneró el derecho fundamental a la libertad.
La Comisión considera que, habida cuenta de que existía una orden internacional de detención, librada por la juez encargada del caso, Ana Ferrer, la descripción de la detención que hace Roldán es acorde con las condiciones exigidas por el convenio europeo cuando en su artículo 5 acepta la captura de un ciudadano "para hacerle comparecer ante la autoridad judicial competente, cuando existan indicios racionales de que ha cometido una infracción o cuando se estime necesario para impedirle que la cometa o que huya después de haberla cometido".
En cuanto a la alegada inexistencia de un procedimiento real de extradición, la Comisión recuerda que esa materia es ajena al convenio europeo.La segunda queja de Roldán se refiere a que fue engañado y no informado de sus derechos hasta que se encontró ante la juez. La Comisión argumenta que el demandante conocía la orden de detención y las acusaciones que pesaban contra él en España, "que motivaron su huida del país", explica. Y añade: "En estas condiciones, no habiendo sido descubierta ninguna apariencia de violación de los derechos garantizados" por el convenio, la queja es rechazada.Queja de que se empleó mala fe
Por último, Roldán se quejó de que la puesta a disposición de la juez se hizo por "procedimientos contrarios a la buena fe", por lo que se vulneró el derecho a un juicio justo. La Comisión estima prematura esta queja, ya que el proceso no ha concluido. Invoca la jurisprudencia constante del Tribunal Europeo, según la cual hay que contemplar "el conjunto del procedimiento y no un hecho aislado".
La resolución, de seis folios, a la que ha tenido acceso EL PAÍS, fue negada ayer por funcionarios de la Comisión de Estrasburgo, que aseguraron que no podían difundirla mientras no fuera recibida "por los abogados" de Roldán, que se encuentran en Suiza, y a quienes se les envió por correo.
El ex ministro de Justicia e Interior Juan Alberto Belloch mostró ayer su satisfacción por la decisión y aseguró a Europa Press que "no rectificará" ninguno de los que le criticaron -dirigentes del PP y asociaciones judiciales-, al afirmar que se trataba de una detención ilegal. Añadió que esta resolución "tendrá mucho menos eco en los medios de comunicación social que aquellas críticas".
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