Kafkiano
El 31 de enero de 1990 se despidió mi empleada de hogar. Consciente de que el plazo para darle de baja en la Seguridad Social finalizaba el 15 de febrero de 1990, -el 14 de febrero de 1990 acudí a Correos, donde certifiqué la baja, guardando el justificante de la certificación. Años después recibí una carta de la tesorería territorial de la Seguridad Social, reclamando el pago con recargo de la mensualidad de febrero del 90. Convencida de que se trataba de un error, remití un escrito informando de lo acontecido, que incluía la fotocopia del justificante de Correos. La respuesta fue sorprendente: reconocían que yo había certificado un sobre dirigido a la tesorería territorial el 14 de febrero de 1990. Reconocían haber recibido la baja el 16 de febrero de 1990. Pero no reconocían que el sobre certificado contuviera la baja, por lo que debía pagar 15.404 pesetas. Se me "advertía contra esa resolución podía poner recurso contenciosoministrativo", lo que me pareció demasiado complicado. Consciente de que mi actuación había sido correcta, decidí pagar. Desde entonces he recibido varias notificaciones de embargo. En la última se me comunica que el 28 de octubre de 1996 se llevará a cabo "el embargo de mis bienes en el domicilio o lugar en que se encuentren". ¡Kafkiano!¿Piensa de verdad la tesorería territorial de la Seguridad Social que alguien se molestaría en ir a Correos a certificar un sobre vacío? ¿Piensa de verdad la Tesorería territorial de la Seguridad Social que un escrito que
reconoce haber recibido el de febrero de 1990 ha podido ser mandado después del 16 febrero de 1990? ¿No tiene la Tesorería territorial de la Seguridad Social el nuevo alta de ex empleada de hogar, al entrara trabajar el 1 de febrero 1990 en un centro comercial?-.
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