Hacienda quiere fijar un tope del 40% a los ingresos de los deportistas por su imagen
Un deportista no podrá considerar como derechos de imagen más del 40% de sus ingresos totales, si fructifica la medida que Hacienda quiere incluir en el nuevo reglamento de las sociedades. Los clubes además deberán retenerles un 25 % de la resultante cuando hasta ahora no practicaban retención alguna. Ambas medidas, sujetas al trámite parlamentario, regularán las retribuciones y clarificarán en gran medida el espinoso asunto del salario real de los deportistas que mantiene enfrentados a una decena de clubes de primera con Hacienda.
A un trabajador normal, al que el 100% de los pagos se le ingresan como salario, la empresa le retiene en su nómina un porcentaje a cuenta del IRPF. La mayoría de los futbolistas cobran parte de sus retribuciones como salario al que el club le descuenta la retención pertinente y otra parte como derechos de imagen, que no tiene retención previa y que los deportistas ingresan en sociedades con una tributación mucho menor al 56% que tributarían si fueran ingresos por salario. Esta situación, que lleva a algunos jugadores a recibir el 100% de sus percepciones como derechos de imagen de baja tributación, ha supuesto un engorro que Hacienda quiere regular. Si el nuevo reglamento, que aún no se ha comenzado a discutir, se aprueba, un deportista sólo podrá cobrar por la vía de los derechos de imagen un máximo del 40% de sus ingresos totales. Además, según la ley de acompañamiento de los Presupuestos, el club deberá retenerle a cuenta un 25% de esas cantidades. Aunque en las normas de Hacienda es raro que se establezcan porcentajes, ambas cifras aparecen como las más plausibles.Ambas medidas tendrán probablemente un efecto retroactivo sobre las actas que tienen levantadas una decena de clubes de Primera -entre ellos el Real Madrid y el Barcelona por una cantidad cercana a los 8.000 millones de pesetas- en las que Hacienda les reclama las cantidades no retenidas a los futbolistas. El criterio de siempre de Hacienda ha sido el de aplicar las normas nuevas a las reclamaciones antiguas. Con la medida de la retención del 25%, el organismo tributario considera los ingresos por derechos de imagen como rendimientos del capital mobiliario, cuando hasta el momento -y de ahí sus discrepancias con los clubes- lo consideraba ingresos salariales.
Así comienza a desbloquearse una situación encallada. Hacienda mantiene en vía muerta la reclamación sobre las actas de varios clubes de Primera División y pedirá tiempo a los clubes para revisarlas. Entonces actuará caso por caso, futbolista por futbolista, adecuando las cantidades reclamadas al nuevo criterio. En años anteriores, los clubes actuaban sin criterio alguno, e incluso personal de la plantilla -caso de algún masajista- solicitó derechos de imagen en su contrato.
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