Arbitrariedad o irracionalidad
Cogí el autobús número 44 en la plaza del Callao hacia Marqués de Viana llevando un tradicional carro de compra. Por esta razón, el conductor me llamó la atención, por no poder viajar con dicho bulto. Ante mi negativa a abandonar el vehículo por no en contrar razonamientos válidos en las palabras del empleado de la EMT, éste puso en marcha el autobús hasta llegar a la altura donde se encuentran habitual mente los inspectores prestando servicio. Uno de ellos, y tras ilógicos argumentos, me instó a leer las normas en las que, según él, un artículo prohíbe expresamen te el traslado de bultos. Ante la inexistencia del mismo -reglamento fechado en 1992- y por no perder más tiempo, opté por descender y rellenar la correspondiente reclamación, (número 003633). Pero tampoco esto me resultó fácil, ya que ni el inspector (¿?) ni yo disponíamos de bolígrafo. Y tampoco quiso facilitarme datos requeridos en la reclamación, tales como los números de agente y autobús.Si en el reglamento no figura la prohibición dé viajar con bultos en el autobús, ¿queda tal decisión a la arbitrariedad y humor de los agentes?-
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