La magistratura incompatible, clave del futuro régimen legal
El borrador de la futura ley estatutaria de los magistrados del Supremo, elaborado por ellos mismos, homologa sus incompatibilidades con las de los magistrados del Tribunal Constitucional, a los que está prohibido "el desempeño de actividades profesionales o mercantiles", sin excepciones.
En cambio, la vigente ley orgánica del Poder Judicial -incluso tras la reforma de 1994- incompatibiliza el cargo de juez o magistrado, entre otras funciones, "con todo empleo, cargo o profesión retribuída, salvo la docencia o investigación jurídica, así como la producción y creación literaria, artística, científica y técnica y las publicaciones derivadas de aquella". El borrador propone eliminar tales excepciones para los magistrados del Supremo.
Algunos magistrados del Supremo discrepan de este criterio, por considerar que quienes dan clase en la Universidad están más abiertos a la realidad social y menos enclaustrados en la función jurisdiccional. Tales magistrados creen que la enseñanza les enriquece profesionalmente y que estarían dispuestos a renunciar a la escasa retribución de la docencia.
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