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El derecho a la intimidad frente al de defensa

Uno de los asuntos que está en juego en el proceso de las escuchas telefónicas de Barcelona es el derecho a la intimidad de las víctimas. Concretamente, el de Carlos Pérez de Rózas, Javier Gimeno de Priede, Rafael Jiménez de Parga, Alberto Garrofé y Carlos Fajardo. Todos fueron objeto de pinchazos entre finales de 1991 y 1992. Los cinco comparecieron ayer como testigos. El fiscal José María Mena propuso que cada uno de ellos, reservadamente, escuchara las cintas para reconocer su voz en las conversaciones grabadas de forma ilegal. Las defensas se opusieron porque consideraban que la audición debía ser pública pues, de lo contrario, se vería vulnerado el derecho de los acusados a conocer una prueba que les puede condenar.Nuestros representados se juegan la libertad, que entiendo que es más importante que la intimidad de las víctimas", señaló uno de los abogados. "El problema es que, si se da publicidad al contenido de las cintas, se vulnera precisamente lo que es uno de los objetos de esta causa: el derecho a la intimidad de las personas escuchadas ilegalmente", replicó el fiscal.

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Ante esa disyuntiva, el tribunal tomó una decisión salomónica: de momento, las cintas no serían oídas, ni por las víctimas, ni por nadie. Así, el interrogatorio de los cinco espiados se limitó a que explicaran lo que llegaron a saber de las escuchas. Dos de ellos, Garrofé y Fajardo, relataron cómo descubrieron que sus teléfonos habían sido pinchados cuando, tras sospechar que se les vigilaba, encargaron a empresas especializadas el barrido de sus líneas..

Los cinco, a preguntas del letrado de Godó, coincidieron en que nunca dedujeron que el editor de La Vanguardia estuviera al corriente del contenido de sus conversaciones privadas. La pregunta de la defensa pretendía rebatir la tesis del fiscal: que Godó ordenó a la trama de el Lobo pinchar a esos cinco directivos de su grupo por temor a que hubieran sido desleales.

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