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El fiscal pide a Garzón que rechace de plano el conflicto de jurisdicción planteado por Defensa

El fiscal de la Audiencia Nacional Pedro Rubira, comunicó ayer al juez Baltasar Garzón que no debe abatir el conflicto de jurisdicción presentado, por Defensa, en relación con los documentos de los GAL que el magistrado había requerido, debido a defectos de fondo y de forma que lo hacen improcedente de principio. Rubira señala también en su informe que por el momento no puede apreciarse indicios de delito en la conducta del ministro Gustavo Suárez Pertierra, por estimar que actúa en la creencia errónea de que está amparado por la Ley de Secretos Oficiales.

El fiscal propone que Garzón continúe con la instrucción del caso Monbar -en el que se investiga el asesinato de cuatro etarras por los GAL- y que todo el incidente se resuelva en la jurisdicción penal, ya que el conflicto presentado por el ministro de Defensa no es tal, sino que, en su opinión, detrás de ese escrito hay únicamente una persona enfadada.Argumenta que en su requerimiento al ministro de Defensa, el juez no se atribuyó ninguna competencia que corresponda a la Administración o al Consejo de Ministros. En ningún momento, dice el fiscal, el magistrado se atribuyó la, clasificación de documentos como secretos, o su desclasificación, potestad que corresponde al Consejo de Ministros, por lo que no cabe el conflicto. Garzón re quirió la colaboración del mi nistro de Defensa con la Ad ministración de Justicia, a la que está obligado por la Constitución, para que entregase unos documentos.

Presidente del Gobierno

En cualquier caso, según el fiscal, el ministro de Defensa tampoco estaría legitimado para plantear el conflicto, puesto que la legitimación la tendría el presidente del Gobierno como titular del Consejo de Ministros.

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Defensa tampoco tiene abierto un procedimiento, por lo que no puede plantear un conflicto en el que plantee a Garzón: remítame lo que está usted haciendo porque es de mi competencia.

El fiscal recuerda en su escrito que "la función de averiguación del delito, la práctica de las diligencias que sean necesarias y útiles en la investigación del mismo son competencia exclusiva de los juzgados y tribunale?. Por ello, Rubira explica, que la petición de los documentos del Cesid sobre los GAL se enmarca en este "principio constitucionalmente legitimo".

Rubira recuerda además que el Tribunal, Supremo ya se ha pronunciado en ocasiones anteriores acerca de la colisión entre él deber de secreto y la investigación de un delito. Así, en el caso del uso irregular de los fondos reservados, el Supremo resolvió, al igual que se aprecia en la legislación comparada, que en ningún caso se puede clasificar como secreto información o documentos para ocultar violaciones de la ley.

"Creencia errónea"

El fiscal Rubira destaca en su informe que de momento no aprecia indicios delictivos en la conducta del ministro Suárez Pertierra -obstrucción o denegación de auxilio a la jus ticia- por considerar que ha actuado en la "creencia errónea" de que está amparado por la Ley de Secretos Oficia les' hasta tal punto que incluso ha planteado un conflicto de jurisdicción.

Por ello, el fiscal cree que "es conveniente esperar a la resolución judicial que ponga término al conflicto planteado y agotar la vía jurisdiccional, para posteriormente examinar la posible responsabilidad penal del ministro". Rubira entiende que debe ser la resolución de Garzón o, si alguna de las partes recurre, la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional quien ponga término al conflicto planteado por Defensa, y no la Sala de Conflictos del Supremo. Además con lo de agotar la vía jurisdiccional prestende el fiscal que se reitere la solicitud de documentos al ministro Suárez Pertierra, informándole de la obligación que le impone el artículo 9 de la Constitución para que remueva los obstáculos que le imposibiliten proporcionar los documentos y explicándole que en caso contrario cometería un delito.

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