Parsimonia judicial
DESDE QUE llegó al Supremo, a finales de julio, el sumario de los GAL está tramitándose con exceso de parsimonia. La mayoría de los magistrados de su Sala Segunda de lo Penal, en la reunión atípica Celebrada el lunes, lograron un decreto de su presidente, Fernando Cotta, para que el pleno de la sala se haga cargo del mismo. Pero habrá que esperar al jueves para que ese mastodonte se ponga en marcha, tras el pronunciamiento del ministerio fiscal.Mientras tanto, el caso GAL no tiene quien lo instruya. Es cierto que la Sala de Vacaciones del Supremo interrumpió las vacaciones de los tres magistrados de la Sala de Admisión creada para este asunto, pero éstos no resolvieron, en su *escrito del 181 de agosto, lo que resulta esencial para el avance de -un sumario: la designación de un instructor. En cambio, dieron traslado del caso a las partes con la solicitud de que alegaran en el plazo de 10 días lo que a su derecho conviniera en cuestiones de procedimiento y de fondo, cuando las partes del caso GAL nunca han estado privadas, desde luego, de voz y de audiencia judicial. ¿Para qué esta nueva oportunidad? ¿Para resolver las alegaciones la misma sala de admisión? ¿Para que el magistrado instructor tuviera trabajo adelantado? ¿O para sustituir al instructor?
La exposición razonada del juez Baltasar Garzón exige, una vez llegado el caso al Supremo, un instructor activo que realice las comprobaciones necesarias y eleve al pleno de la sala lo ' que considere procedente. Las instrucciones bien realizadas aseguran procesos justos porque tienen en cuenta las garantías jurídicas, al tiempo que es difícil impugnar las decisiones tomadas contra los imputados.
Ahí está el ejemplo de la juez Ana Ferrer, que instruye el caso Roldán y que acaba de notificar que desestima los recursos de los 14 procesados, al tiempo que deniega la ampliación de los procesamientos solicitada por el singular intérprete de la acusación popular José María Ruiz-Mateos, que pide también el ingreso en prisión de varios procesados que están en libertad. Una instrucción como la de esta magistrada, ávida de datos y de comprobaciones, más que de confirmar deseos o intuiciones, es eficaz para tina recta Administración de justicia y protege los intereses tanto de las víctimas de los delitos como de los acusados de los mismos.
Seguramente no puede pedirse idéntica celeridad a un órgano como el Supremo, llamado a ser tribunal de casación y falto de medios y capacidad para instruir, pero un sumario como el de los GAL, dirigido ahora contra el presidente del Gobierno y otros tres aforados, necesita de un motor investigador que active el caso. No se trata de meter prisas excesivas, pero tampoco cabe ignorar que si la rapidez. es una condición que cabe demandar siempre a la Justicia, mucho más cuando está en juego una acusación contra el presidente del Gobierno. A la vista de ello resulta ya inaplazable la designación de un juez instructor. Nuevas dilaciones por cuestiones de procedimiento resultarían ya incomprensibles.
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