Diligencia sumarial
CASI UNA treintena de personas procesadas por supuestos graves delitos de terrorismo, o narcotrfico, cuyas causas tramita la Audiencia Nacional, han tenio que ser puestas en libertad en lo que ya de año por haber pasado cuatro años en prisión provisional a la espera de juicio. Ese es el plazo máximo contemplado por la ley para la prisión provisional. Las fuertes penas que arriesgaban hacen incluso probable que al menos alguno de los procesados intenté sustraerse a la acción de la justiciaLa Ley de Enjuiciamiento Criminal establece (artículo 504) que "el inculpado retenido en prisión provisional tiene derecho a que su caso sea atendido de forma prioritaria y con especial diligencia". Tanto el juez como el ministerio fiscal "cuidarán bajo su responsabilidad de que la prisión provisional no se prolongue más allá de lo necesario". El problema está en la defensa de los derechos del preso preventivo, que puede pasar cuatro años sin saber la, pena que, de ser condenado, habrá de cumplir y que podría ser menor a ese plazo. Pero también en el riesgo de que personas acusadas de graves delitos eludan la acción de la justicia por el retraso en la instrucción de sus causas.
En junio fueron excarcelados cuatro supuestos miembros de ETA detenidos en 1991, acusados de varios asesinatos y la colocación de un coche bomba. La instrucción de ese sumario correspondió a Baltasar Garzón. Este juez ha llevado también los sumarios de varios de los 16 presuntos narcotraficantes que tuvieron que ser puestos en libertad al no poder prolongarse su prisión provisional. Este juez debe buena parte de su celebridad a su incesante actividad y su omnipresencia. Éstas, en principio elogiables, tienen contrapartidas como ahora se ve.
Sería injusto atribuir todo ese retraso a las entusiastas preferencias de este juez por unos sumarios en detrimento de otros. También se debe a las graves carencias técnicas y personales de la Audiencia y a la avalancha de casos de su competencia. Y no es el citado juez el único que tiene sumarios empantanados. El juez Moreiras parece tener aún mayores dificultades para concluir una instrucción. Quizá para evitar el agravio comparativo parece concentrar su celo en dificultar que otros jueces concluyan los suyos. Y hay algún otro ejemplo de muy disimulada diligencia entre los jueces de la Audiencia.
Cierto es también que algunos sumarios que acumulan los retrasos fueron iniciados por Garzón antes de su año de alejamiento de la Audiencia por su fugaz paso por la política. Esto puede explicar algún retraso. Pero los procesados no tienen por qué sufrir las Consecuencias de los ciclos vocacionales de un juez, ni estos podrán invocarse para excusar la fuga de algún delincuente antes de su juicio. La situación creada es además un argumento adicional contra la norma, aprobada por iniciativa socialista, que permite estos viajes de ida y vuelta entre judicatura y política.
Finalmente hay que recordarle al Consejo General del Poder Judicial que, sin renunciar a sus reuniones para proteger la dignidad gremial supuesta o realmente atacada, debería también insistir en que los magistrados tramitaran sus papeles con algo más de diligencia. Quizá dedicar a ello parte del tiempo que algunos pasan frente a micrófonos, pronunciando conferencias o pregones para mayor gloria propia, serviría para dar un empujoncito a algún sumario y evitar así la libertad de gentes que no la merecen.
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