El Gobierno y la fiscalía quieren acabar con la impunidad de las organizaciones proetarras
La actuación descaradamente partidaria de la violencia terrorista y de los concretos delitos de ETA, recrudecida en las últimas semanas, ha estimulado en el Gobierno y en el Ministerio Fiscal el estudio de respuestas jurídicas que, dentro del Estado de derecho, impidan la impunidad de sus autores. Aunque el Gobierno cree que existen instrumentos legales suficientes, la elaboración del futúo Código Penal va a aprovecharse para endurecer el delito de apología, muy limitado por la libertad de expresión, hasta el punto de que, según datos de Justicia, en 130 años sólo ha prosperado en el Supremo una condena por ese delito y otra fue anulada por el Tribunal Constitucional.
Fuentes de la Fiscalía General del Estado tienen muy en cuenta el carácter restrictivo con que el Tribunal Constitucional ha interpretado este delito, cuya persecución aislada resulta "delicada, por su confluencia con la libertad de expresión". Tales fuentes consideran jurídicamente más eficaz iniciar acciones por los delitos de coacciones y amenazas, "por los que ya están en marcha varias querellas", dijeron, "aunque no se descarta un estudio más a fondo, incluso mediante las Juntas de Fiscales u otros órganos de asesoramiento de la fiscalía, para unificar criterios sobre la materia".En el Ministerio de Justicia e Interior, del que es titular Juan Alberto Belloch -quien ha convivido durante muchos años en Bilbao, como magistrado, con la agresión verbal y política de los violentos-, también se tienen muy claros los límites de tipos delictivos que confluyen con la libertad de expresión. Según Isabel Valldecabres, profesora de Derecho Penal y asesora del gabinete de Belloch, "elogiar la acción consistente en poner un coche bomba, por mucho que irrite, no es apología, si no incita a que se cometa el crimen".
Valldecabres ofrece datos sobre la jurisprudencia de los últimos 130 años, "incluida la etapa franquista", recuerda, "durante los que sólo llegaron siete casos de apología del terrorismo a la Sala Segunda de lo Penal del Tribunal Supremo, de los que cinco se resolvieron con absolución y dos con condena, una de las cuales fue anulada por el Tribunal Constitucional, que amparó la publicación de un comunicado autolaudatorio de ETA en el diario Egin".Panegírico de ETA
Primero la Audiencia Nacional y después el Tribunal Supremo condenaron a dos años, de cárcel al director de Egin, el periodista José Félix Azurmendi, por la publicación de dos comunicados de ETA Militar que constituían "alabanza y panegírico, pues esto último es materia delictiva y, por consiguiente, rebasa y desborda los límites de aquellos derechos constitucionales que amparan el libre ejercicio de su profesión".
El Tribunal Constitucional, en una sentencia de diciembre de 1986 de la que fue ponente su entonces vicepresidenta Gloria Begué, anuló ambas condenas y fundamentó el amparo que concedió al periodista en el derecho fundamental a la información,"esencia de un Estado democrático", incluso cuando se trata de comunicados autolaudatorios de ETA. El magistrado Fernando García-Mon, aún hoy en el alto tribunal,formuló un voto particular discrepante, por estimar que imputar la autoría del delito de apología del terrorismo "a quien realiza su publicación, sin la cual no existiría el delito, no es más que aplicar las leyes penales vigentes, cuya función corresponde al poder judicial".
Tras la escalada reciente de insultos, calumnias o injurias que el mundo de la violencia vierte preferentemente contra las fuerzas de Seguridad del Estado y los dirigentes políticos, los jueces han primado el derecho a la libertad de expresión frente al derecho al honor, suscitando en ocasiones airadas reacciones de los cuerpos policiales, incluida la Ertzaintza. Pata los gobernadores civiles que regularmente remiten a las fiscalías copias de las declaraciones más altisonantes y para algunos miembros de la judicatura, la cuestión ha adquirido una preocupante actualidad en la medida en que, a lo largo de los últimos meses, en línea con la consigna de "coordinar todas las luchas", HB ha ido incrementando su beligerancia verbal.
La opinión de que el delito de apología del terrorismo "está muy diluido" en el actual ordenamiento jurídico y resulta hoy sumamente resbaladizo", es puesta de manifiesto en círculos judiciales del País Vasco, algunos de los cuales propugnan una redefinición más precisa de este delito. El criterio del Gobierno es mantener sólo la apología del terrorismo cuando es una forma de provocación al delito, pero no cuando significa un medio para ejercer el derecho a la información o la libertad de expresión.
Los jueces y fiscales del PaísVasco estudian atentamente la jurisprudencia del Tribunal Supremo, según la cual lo que sí es delito es el apoyo explícito a los delitos de la banda armada, así como mostrar satisfacción y conformidad con atentados concretos de ETA y, desde luego, las amenazas a personas y colectivos.
En cambio, ante los comunicados y escritos amenazantes de una organización alegal como KAS, existen dificultades para determinar la autoría. También se recuerda cómo en otros casos la iniciativa fiscal por las amenazas a los empresarios encargados de la autovía Guipúzcoa-Navarra y a los periodistas que cubrieron los actos no prosperaron por la negativa de éstos a acreditar formalmente la denuncia.
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