Confirmada la custodia de un niño a la madre que negó una transfusión a otra hija
La Audiencia de Lleida ha denegado a Manuel Ribera, ex marido de una testigo de Jehová, la custodia del hijo de ambos, de 7 anos, que había reclamado después de que otra hija del matrimonio, de 14 años, falleciera de meningitis el pasado mes de septiembre tras negarse la madre a que se le hiciera una transfusión de sangre alegando motivos religiosos.La sentencia hace una defensa del derecho constitucional de la libertad religiosa afirmando que las creencias de una persona no pueden constituir un motivo de desigualdad o discriminación ante la ley. Sin embargo, indica que la madre deberá consensuar con el padre los actos más relevantes de la vida del menor, como son la educación religiosa, el tipo de alimentación y la elección del centro escolar.
"Este ejercicio de la patria potestad", dice el texto de la sentencia, "tiene en lo referente a la educación religiosa que ha de darse al menor un límite anterior al acuerdo de los cónyuges, como son sus derechos fundamentales, entre los que destacan el derecho a la vida, a la integridad física y al pleno desarrollo de su personalidad".
El tribunal afirma que en estas cuestiones la madre no podrá actuar nunca al margen de la opinión de su ex marido y le advierte que el incumplimiento de estos deberes puede suponer una modificación del régimen actual.
Manuel Ribera solicitó una revisión de la sentencia de separación que concedía la custodia de los hijos a su ex esposa, Ramona Solé, al considerar que la confesión religiosa de ésta es perjudicial para la educación del menor. El recurrente alegó que en la muerte de la hija, de 14 años, se puso de manifiesto que la mujer se opone a las transfusiones sanguíneas, lo cual puede poner en peligro la vida del niño.
Tras recordar que la negativa de Ramona Solé a que se le practicara una transfusión a la hija enferma de meningitis no fue la causa determinante de su muerte, la Audiencia considera que la vida del niño no está en peligro porque no se ha acreditado que la madre incumpla los deberes propios de la custodia, y recuerda que, en caso de urgencia, los médicos no necesitan el consentimiento de los progenitores para efectuar una transfusión ya que el derecho a la vida del menor prevalece sobre el de la libertad religiosa de sus progenitores.
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