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Reportaje:EL LABERINTO DE LA ADMINISTRACION

Las ovejas del Defensor del Pueblo

La institución pide que se indemnice un pastor leonés que perdió su rebaño en una inundación provocada.

Onésimo González Martínez, de 56 años, ni se acuerda del día en que perdió su rebaño. Separado y con sus cuatro hijos instalados fuera del pueblo, vive sólo en una sencilla casa con muros de adobe, material habitual en la zona de Castrofuerte, junto al Esla, aguas abajo de Valencia de Don Juan (León).El estado de su vivienda retrata la soledad en la que se desenvuelve. En el fregadero se acumulan los cacharros sucios de comidas anteriores. Junto a la puerta de la cocina, en el descansillo se encuentra un tanque refrigeador de leche, donde acumula la que ordeña a mano mañanas y tardes hasta que el transportista de la central lechera la recoge al cabo de unos días informa Marifé Moreno.

Onésimo no puede creer que con su modestia alguien como el Defensor del Pueblo se ocupe de él. Ni siquiera sabe de qué se trata, cuando una llamada telefónica de Madrid le advierte de que su caso ocupa 13 páginas de las 3.181 que contiene la memoria de esta institución del pasado año. La única gestión que salió de su mano fue encomendarle a un abogado asturiano que se encargara del asunto.

-Si sacas algo te llevas la mitad, le dijo.

Eso fue en la primavera de hace tres años; un tiempo lejano ya como para recuperar la esperanza de poder sacar algo en limpio. Desde entonces ha logrado reunir un nuevo rebaño que le proporciona recursos suficientes para mantener su modesto nivel de vida y unos ahorros anuales de 130.000 pesetas.

¿Qué pasó en la primavera de hace tres años? Las habladurías de los vecinos de Castrofuerte y Villaornate, pueblos que comparten la misma administración municipal, dicen que Onésimo solía abandonar a sus ovejas en la isleta Isma del Río que el Esla dibuja a su paso por el pueblo. Pero el Defensor del Pueblo no entra en esos detalles. Utiliza su caso como paradigma de los daños que el irregular funcionamiento de los servicios públicos produce en el patrimonio de particulares y el deber de repararlos. En este caso es la pérdida de un rebaño, pero bien podría extenderse a episodios como el envenenamiento de la colza o las avenidas por la rotura de la presa de Tous.

A finales de mayo de 1993, un desbordamiento del Esla se llevó las 102 ovejas de Onésimo. El pastor reclamó a la Confederación del Duero el abono del rebaño perdido, por no haberle avisado de que iban a desaguar el pantano de Riaño-Juan Benet (el, nombre del escritor e ingeniero se ha incorporado a la denominación de la presa porque fue su proyectista). La confederación atribuyó el desbordamiento del río a unas lluvias intensas y rechazó que se debiera sólo a la apertura de las compuertas.

El Defensor del Pueblo rebate esa argumentación con una batería de jurisprudencia sobre la responsabilidad patrimonial de las administraciones públicas, de gran utilidad para casos como el de Onésimo: artículo 40 de la Ley del Régimen Jurídico de la Administración del Estado; el 121 de la Ley de Expropiación Forzosa; el 139 de la Ley del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y el Procedimiento Administrativo Común; el 2 del Reglamento de los Procedimientos de las Administraciones Públicas en materia de Responsabilidad Patrimonial y el 104 de la Constitución española, que consagra el derecho de los particulares a ser indemnizados por las lesiones que sufran en sus bienes y derechos, salvo los de fuerza mayor.

Con este fenomenal bagaje, el Defensor del Pueblo insta a la Confederación del Duero a que resarza a Onésimo de la pérdida de su rebaño en la medida en que el daño era evaluable (8.000 pesetas por cada oveja), ya que se debió a un funcionamiento anormal de los servicios públicos y no a un hecho de fuerza mayor o inevitable (lluvias intensas).

Recuerda por otra parte el Defensor, que el principio de responsabilidad objetiva "introduce en el derecho español un mecanismo de solidaridad, por virtud del cual trasciende a la colectividad las consecuencias de un hecho que el afectado individualmente no tiene el deber jurídico de soportar".

La doctrina del Tribunal Supremo indica, además, que la Administración que pretenda quedar exonerada de la aplicación de este principio tiene que aportar la prueba de su defensa.

Analizadas todas las circunstancias que concurren en la desaparición del rebaño de Onésimo González, el Defensor del Pueblo insiste en la obligación de la Confederación del Duero a pagarle las ovejas que perdió.

"Muchas de ellas estaban preñadas; valen más", advierte Onésimo.

Preñadas o no, procede la indemnización, según sostiene el Defensor, que se extiende en explicaciones sobre las funciones de las presas: "Deben mantener el cauce ecológico del río

[Esla] y contribuir al almacenamiento del agua para garantizar, incluso en épocas de prolongadas sequías, el abastecimiento de poblaciones, regadíos, electricidad y el mantenimiento del caudal del río cuando esa sequía disminuya su nivel un rnínimo".

Llovió mucho la semana en que Onésimo perdió su rebaño. Pero las compuertas de Riaño se mantuvieron "innecesariamente abiertas, de manera que no se cumplió otra función de las presas que es la de evitar las avenidas. Al no cerrarse contribuyeron al ahogamiento de las ovejas", dice el Defensor, que aún espera la respuesta de la Confederación.

Pasados tres años, Onésimo tampoco ha recibido un duro, y desconfia de que algún día llegue a recibirlo.

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