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Tomás y Valiente defiende que el Constitucional prevalezca sobre los jueces

Francisco Tomás y Valiente, ex presidente del Tribunal Constitucional, defendió ayer la supremacía jurídica de este órgano sobre las resoluciones del poder judicial, en el discurso de apertura del coloquio internacional sobre la ley orgánica del máximo intérprete de la Constitución, que se ha convertido en una confrontación sobre su poder. Tomás y Valiente recordó que el alto tribunal está sometido a los otros poderes para su creación y renovación, pero sólo está limitado por la Constitución, interpretada por él mismo.

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Los representantes políticos y jurídicos que asistieron ayer a la inauguración del coloquio escucharon de un historiador del Derecho como Tomás y Valiente la crónica de 14 años del Tribunal Constitucional, hecha desde dentro por uno de sus magistrados fundadores, que -como Francisco Rubio Llorente- permaneció en el mismo 12 años. No faltaron ironías sobre el inicial "beneplácito público y el reconocimiento periodístico" al tribunal, que desde 1983 se convirtió en condena a la falta de independencia de quienes avalaron la norma por la que se expropió Rumasa. Resaltó también la aportación del alto tribunal a la configuración de las competencias del Estado y las autonomías.Pero la cuestión jurídicamente caliente, tras la protesta de los magistrados del Tribunal Supremo en febrero último por una supuesta invasión de sus funciones, no fue dejada de lado por Tomás y Valiente. Recordó que nuestra Constitución "ha instituido al Tribunal Constitucional como último garante de los derechos, último, que no único ni primero", enfatizó. Admitió que el legislador potencie el amparo "dentro de la vía judicial", pero "sin detrimento del amparo constitucional, del que no están, constitucionalmente excluidos los derechos del artículo 24 [tutela judicial eféctiva]".

Riesgo de inconstitucionalidad

Tomás y Valiente, de cara a una eventual reforma de la ley orgánica, avisó: "Si el legislador orgánico decidiera ahora excluir del amparo constitucional, en particular, los derechos del artículo 24, correría un no pequeño riesgo de inconstitucionalidad".El conferenciante explicó que sería paradójico excluir aquellos derechos fundamentales sólo lesionables en virtud de violaciones que tengan su origen inmediato y directo en un acto u omisión de un órgano judicial". Recordó que el Tribunal Constitucional es el encargado de delimitar "sus. propias funciones, deslindando su jurisdicción del ámbito correspondiente a otros Poderes".

No ocultó que esta primacía jurídica produce molestias o disgustos a los diferentes poderes. Recordó que las sentencias sobre el IRPF, el juramento de los diputados de HB o la inmunidad parlamentaria es lógico que dolieran a los poderes corregidos, por lo que no es sólo el poder judicial el afectado. Pero insistió en que el único remedio para no extralimitarse es "autocontrolarse" y "dar razón de sus decisiones". Admitió que el alto tribunal "puede equivocarse y se equivoca, aunque sólo el Tribunal Europeo de Derechos Humanos y, sólo en esta materia, pueda corregir sus decisiones".

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