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La UCE logra que se condenen los "daños morales" de Renfe

La negativa de Renfe a trasladar un vehículo todoterreno, a pesar de haber aceptado previamente su facturación, conociendo las características del mismo, ha supuesto una condena por "daños morales" causados a una pareja de zaragozanos hace casi cuatro años.

Los viajeros afectados, que fueron trasladados por carretera hasta Madrid para embarcar en tren hacia Andalucía, habían adquirido previamente los billetes e incluso abonado un suplemento por las dimensiones de su coche.

Los responsables de Renfe en la estación de Chamartín negaron la posibilidad del embarque, por lo que los zaragozanos debieron cambiar sus planes y realizar todo el trayecto en el vehículo.

El recurso planteado en su día por la Unión de Consumidores de España (UCE) para que se reconocieran no sólo el derecho a la devolución del importe de los billetes, sino también los daños morales causados a la pareja de viajeros, ha tenido su respaldo en la orden de ejecución de sentencia dictada por el juzgado número 15 de los de Madrid, que ya el año pasado había condenado a Renfe a indemnizarles con 100.000 pesetas.

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