Recurso de muy difícil factura
Dentro de unos 10 días se conocerá la sentencia del Pleno de la Sala Tercera del Tribunal Supremo que ha declarado ilegal el nombramiento del anterior fiscal del Estado, Eligio Hernández, por no cumplir el requisito de llevar 15 años de ejercicio efectivo profesional como jurista. Sólo a la vista del contenido de sus fundamentos de derecho, el Servicio Jurídico del Estado podrá evaluar las posibilidades de recurrirla. No obstante, fuentes jurídicas anticiparon que, sobre el papel, será muy difícil encontrar una brecha en una decisión acordada por una treintena de magistrados de la élite de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Supremo.Las únicas y remotas posibilidades consistirían en articular un recurso de casación para unificación de doctrina o un recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional. El recurso para unificación de doctrina exigiría que, previamente, se encontrase alguna precedente cuyos criterios fuesen contrarios a los apreciados ayer por la Sala Tercera. La cuestión, según las fuentes jurídicas consultadas, se vislumbra muy complicada y a ella cabe añadir que la sentencia de Eligio Hernández es del Pleno de la Sala de lo Contencioso.
La otra posibilidad sería la del amparo ante el Constitucional, pero el Gobierno, según dichas fuentes, no puede acudir al intérprete de la Carta Magna con ligereza, sino apreciando con muy buenos motivos una vulneración de derechos fundamentales, lo que, a simple vista, tampoco parece viable. Otros de los factores a tener en cuenta son los eventuales votos particulares de los magistrados que han discrepado de la resolución.
Eligio Hernández había cumplido siete años y medio en el "ejercicio efectivo" de su profesión de juez y para ser nombrado fiscal general del Estado, el Gobierno le computó el tiempo que permaneció como gobernador civil de Tenerife y como delegado del Gobierno en Canarias. Al ser designado para el cargo era, vocal del Consejo General del Poder Judicial.
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