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Subsidiariedad

Esta palabra no figura en el diccionario en siete volúmenes de la lengua francesa. No obstante, parte del debate a que ha dado lugar las elecciones europeas gira en tomo al principio que se supone que esa palabra expresa. Así que habrá que fijarse en ella con más detenimiento.Parece que la Iglesia romana es el contexto en el que el concepto y la palabra tienen su origen. Uno y otra expresan el principio según el cual la única buena administración es la que está cerca de aquellos a quienes dicha administración concieme. La palabra "descentralización" quiere decir lo mismo. ¿Para qué, entonces, había que inventar otra? Precisamente porque ambas palabras no quieren decir lo mismo.

Hay descentralización cuando la institución que se beneficia de la transferencia de competencias es una institución autónoma, si no soberana. Se aplica el principio de subsidiariedad cuando la institución que se beneficia de la transferencia es subsidiaria, es decir, a la vez dependiente y secundaria.

Se entiende la pertinencia del vocablo dentro de un sistema eclesiástico, en el que el centro disfruta a la vez de la autoridad y de la infalibilidad. En efecto, todo es subsidiario con respecto a él. La delegación de competencias permite a la autoridad eclesiástica acercarse, como quería el Vaticano II, al pueblo de Dios. En el diálogo. instaurado por el concilio entre éste y el pastor, la proximidad tiene indudables virtudes. Pero no es peligrosa, porque sólo Roma ostenta y proclama la verdad, el dogma y las prácticas. Aun así, habría que. comprobar si, sobre este punto en concreto, la visión pontifical ha seguido siendo la misma de Juan XXIII a Juan Pablo II. El primero confiaba en el pueblo de Dios. El segundo parece que desconfía de él: ¿acaso multiplicaría las encíclicas y otras declaraciones magistrales si no fuera así?

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Hay subsidiariedad, y no puede haberla más que en ese caso, cuando hay autoridad central e instituciones subsidiarias.

¿Ocurre asi en esta Unión Europea a la que se quiere aplicar? Desde luego que no. Y por dos razones.

La primera de estas razones es la más importante: la soberanía, la autoridad, no se sitúa en el nivel de la Unión, que no disfruta más que de competencias delegadas. Se sitúa en el nivel de los Estados, cuyos representantes reunidos son los que poseen, básicamente en solitario, el poder de decisión. ¿Habría ya aplicación del principio de subsidiariedad si el Consejo de Ministros optara por confiar al Parlamento o a la Comisión, o incluso a ambos, unos poderes de los que no pretende despojarse? Pero está descartado que el Consejo delegue en los Gobiernos que lo constitullan delegado en él, y que sería irrisorio que delegaran para que éste después les confiara el ejercicio de los mismos.

En la Unión Europea, los Estados no tienen poderes subsidiarios. Solos o en conjunto, tienen la auténtica soberanía, de la que no se desprenden más que en condiciones concretas de reciprocidad.

Dicho con más dureza, en Europa occidental es la Unión la que es una institución subsidiaria, y es tergiversar los términos hablar de subsidiariedad cuando lo que se pretende, por utilizar una expresión constitucional francesa, es "acercar la administración a los administrados". Al hablar de subsidiariedad a escala europea no se dice nada, porque se alude a un esquema en el que el delegado (la Unión) delegaría en el delegador (los Estados) poderes que él mismo le había delegado.

Pero hay una segunda razón que hace que este ejercicio sea fútil, si no absurdo. Cada Estado miembro tiene de sí mismo un concepto original. Mientras que Francia es jacobina, Alemania es federal, y España vive en una artística ambigüedad que le permite ser unitaria y federal al mismo tiempo. En cuanto a Italia, el Estado no está allí lo bastante consolidado como para que unas elecciones no lo pongan gravemente en cuestión.

En Francia, la soberanía es global y, por consiguiente, parisina. En Alemania, la soberanía de la república federal se deriva de las delegaciones de soberanía que le conceden los lánder. En cuanto a España, entre Barcelona y Madrid el problema sólo está resuelto cuando no se plantea. Gracias a Dios, o no se plantea o se plantea poco. Si nos quedamos con el caso de Alemania, la subsidiariedad consistiría en delegar en los lánder, y no en el Estado federal, competencias de las que ellos son los únicos auténticos depositarios.

Dejemos, pues, la palabra y la cosa para buscar, ya que de eso se trata, el reparto que, en nombre del afán de eficacia y no del principio de subsidiariedad, resulte ser el más pertinente, el más capaz de asegurar una buena administración. Tomemos un ejemplo, todo lo banal que pueda imaginarse. El de la circulación de automóviles.

En la mayoría de los países, las autoridades locales vigilan el cumplimiento de las reglas que los conductores deben respetar. Ahora bien, hay camioneros profesionales que tienen que conducir todos los días de Copenhague a Madrid, si no de Lisboa a Atenas o a Edimburgo, pasando por París. Algunos atraviesan en un solo día cinco países, 15 provincias y varios centenares de municipios que, teóricamente, disponen de poder para definir las normas de circulación e imponer su aplicación. La sensatez aconseja que, contrariamente al principio de descentralización, sea Bruselas la que fije las normas que los conductores tienen que respetar de Norte a Sur y de Este a Oeste. Por lo menos algunas.

La cosa puede funcionar de otra manera en otros ámbitos y sólo la sensatez puede dictar, a escala de 16 países, quién es el que está en mejores condiciones para definir, para controlar o para actuar. ¿Pero es y debe ser inmutable este reparto de las competencias? ¿No convendría más bien concederle cierta flexibilidad a tenor de las circunstancias? Sin duda, porque las competencias- deben entenderse como los atributos de unas instituciones que no pueden no tener en cuenta la vida. A este respecto, podría hacerse un análisis del quién hace que en la política agrícola comunitaria. Las cosas ya han cambiado desde 1961. Y cambiarán más todavía.

Sería sensato dejar de dar una importancia excesiva al debate sobre la subsidiariedad, hoy desmesurado. Igual que sería sensato dedicarse al debate más serio de la ampliación y, por consiguiente, al debate que habrá que iniciar un día. sobre las condiciones en las que, para proteger el futuro, se constituirá un núcleo duro en una Europa que se haya vuelto demasiado grande como para ser fuerte.

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