Un cambio positivo
Protestaron bastante. Cuando en febrero de 1992 se conoció el primer borrador de la reforma del Código Penal, las organizaciones ecologistas protestaron porque sólo se tomaba en serio los vertidos y la contaminación. Aedenat y la Coordinadora de Organizaciones de Defensa Ambiental (CODA) criticaron que no se había tenido en cuenta la sobreexplotación y contaminación de aguas subterráneas, ni las excavaciones indiscrimadas ni el comercio de especies protegidas. La ambigüedad permanecía.Esos capítulos han sido recogidos ahora con tal retahíla de nombres y verbos de acción que parece claro el esfuerzo de concreción. Ejemplo elocuente es la lista del artículo 307: "emisiones, vertidos, radiaciones, extracciones o excavaciones, vibraciones, inyecciones o depósitos en la atmósfera, el suelo, el subsuelo, o las aguas terrestres, marítimas a suffiterráneas". Para hacerse una idea, el primer anteproyecto no mencionaba el subsuelo ni las aguas subterráneas.
El apunte ecologista de que los atentados al mundo animal no podían ceñirse a legislar sobre caza y pesca ha quedado recogidos. El artículo 317 atrapa a quien dificultare la reproducción o migración de las especies de fauna silvestre y comerciare o traficare con las mismas, o con sus restos. Esto, entendido en su sentido amplio, da pie a perseguir muchos desaguisados que ahora se cometen y quedan impunes, como los atentados a humedales, que dificultan la migración de las aves.
Un portavoz de los servicios jurídicos de Greenpeace destaca como positivo todo ese empeño en "concretar conductas". "Tal como estaba el Código Penal ahora, el delito ecológico era un delito en blanco, con todas las dificultades que eso entraña para que los juristas delimiten lo que es delictivo. La mayoría de los casos se quedaban en informes periciales". De hecho, entre 1990 y 1992, de las 50.1000 denuncias presentadas por atentados al entorno, sólo 20 acabaron en sentencias condenatorias. El mencionado jurista, que trabaja como fiscal, considera también más apropiado el título que ahora se ha decidido -"De los delitos contra los recursos naturales y el medio ambiente"- que el de "delito ecológico". Otro aspecto positivo que resalta es la referencia constante a las especies protegidas de fauna y flora: "Ahora incluso resulta complicado perseguir algo tan claro como la caza furtiva de un oso; hay que dar rodeos",
Los artículos 311 y 315 también son especialmente bien recibidos. El primero impone penas e inhabilita a los funcionarios y facultativos que permitan el funcionamiento de industrias o actividades contaminantes. El 315 es crucial porque permite que los jueces y tribunales ordenen adoptar medidas cautelares para proteger los bienes reseñados. "El Código Penal es sólo la parte represiva de una legislación, y no se le puede pedir todo", señala el experto de Greenpeace. "Hace falta una Ley General de Medio Ambiente, que concrete y unifique".
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